Fecha de Publicación: 22/09/2021
Página: 19
Carilla: 19

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 34

   (Subsidio para empresas) Las Empresas que contraten jóvenes bajo esta modalidad gozarán de un subsidio del 15% (quince por ciento) de las retribuciones mensuales del trabajador que constituyan materia gravada para las contribuciones especiales de seguridad social.
   El monto máximo del subsidio será del 15% (quince por ciento) calculado sobre la base de 2 (dos) SMN (Salario Mínimo Nacional).

                              Sección quinta
                         Trabajo Protegido Joven
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