PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 34
(Subsidio para empresas) Las Empresas que contraten jóvenes bajo esta modalidad gozarán de un subsidio del 15% (quince por ciento) de las retribuciones mensuales del trabajador que constituyan materia gravada para las contribuciones especiales de seguridad social.
El monto máximo del subsidio será del 15% (quince por ciento) calculado sobre la base de 2 (dos) SMN (Salario Mínimo Nacional).
Sección quinta
Trabajo Protegido Joven