El Ministerio de Economía y Finanzas dispondrá las medidas operativas
necesarias para el cumplimiento del presente decreto. La información se
proporcionará inicialmente en Montevideo; la Dirección del Area de
Defensa del Consumidor podrá coordinar acciones con la Dirección General
Impositiva, los Gobiernos Departamentales, otros órganos y entes públicos
u organizaciones privadas, a los efectos de recepcionar y proporcionar la
información sobre precios de productos y servicios.-