Fecha de Publicación: 08/08/2001
Página: 321-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

 El Directorio del organismo podrá proponer adecuaciones del Rubro 0 
"Retribuciones de Servicios Personales", y 7 "Subsidios y Otras 
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en 
períodos no menores de seis meses.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del Indice General de Precios 
al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadísticas, sus 
disponibilidades financieras y la política del Poder Ejecutivo en la 
materia.
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