Fecha de Publicación: 08/08/2001
Página: 321-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 15

 La Administración de Ferrocarriles del Estado contribuirá con el 50% del 
costo total de los servicios de Asistencia Médica contratado para el pago 
de las cuotas de afiliación de sus funcionarios, jubilados y núcleos 
familiares, comprendidos en convenios con IAMC.
Ayuda