MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985, de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre julio-diciembre de 1987:
Ficto Tasa Impuesto
N$ % N$
Cigarrillos decreto 276/985 80,00 60 48,00
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