La compraventa de lana se documentará en boletos que contendrán los
siguientes datos:
A) Fecha de la operación;
B) Nombre y domicilio del vendedor;
C) Nombre y ubicación del establecimiento productor (Departamento o
Sección Policial);
D) Nombre, domicilio y número de inscripción en la Dirección General
Impositiva del comprador;
E) Volumen físico aproximado, clase y grupos de lana vendida y los
respectivos precios unitarios por cada diez kilogramos;
F) Forma y fecha en que debe hacerse efectivo el pago;
G) Firmas de las partes contratantes o de sus representantes.