Fecha de Publicación: 12/08/2002
Página: 431-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 303/002

Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de 
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de 
enero de 2002.
(2.343*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 23 de julio de 2002
                                                                          
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y 
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio 
2002;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su 
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la 
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de 
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de 
enero de 2002, de acuerdo con el siguiente detalle:

     $     $     
                                   
I - INGRESOS                                                 3:725.081.715
           1. Intereses                       2.887:559.641
           2. Utilidades de Cambio              174:250.286   
           3. Comisiones                         23:908.365
           4. Otros Ingresos                    639:363.423
 
II - PRESUPUESTO OPERATIVO                                     703:856.115
RUBRO           DENOMINACION                         $              $     
 
0          RETRIBUCION SERV. PERSONALES                        395:766.036
011311     Sueldos básicos carg. presup.        223:677.336
           Directores                             1:083.876
011312     Increm. Mayor Horario Perman.         39.402.564
011313     Dedicación Total                      41:549.268
011315     Diferencia por Subrogación               672.000
011316     Prima por Antigüedad                   8:151.840
019311     Sueldo Anual Complementario           28:380.168
019312     Aportes pers. s/aguinaldo             10:232.304
021321     Sueldos Básicos pers. contrat.         6:181.728
021322     Increm. Mayor Horario Perman.          1:055.220
021323     Dedicación Total                       1:112.700   
021326     Prima por Antigüedad                     211.752
029321     Sueldo Anual Complementario              713.448
029322     Aportes pers. s/aguinaldo                257.244
061301     Por trabajo en horas extra             8:907.156
061303     Por Prima a la eficiencia              9:421.932
061304     Por funciones dist. al cargo           2:637.024
061305     Comp. por horarios especiales          1:800.000
061309     Comp. pers. por Reest.- Presup.        3:960.000
061311     Otras comp. adic. (nueva estr.)          757.152
061312     Adel. a cuenta (Retr. reestr.)           300.000
062311     Gastos de Representación                 378.936
062313     Otras comp. adic. (estr. anter.)         300.000
077        Quebranto de Caja                      2:760.000
           Subsidio Ex Directores                 1:862.388
1     CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON.                           107:148.648
111        Aporte patron. sist. seg. soc.       103:216.584
133        Impuesto s/retrib. person.             3:932.064
2     MATERIALES Y SUMINISTROS                                  12:315.000
3     SERVICIOS NO PERSONALES                                  146:386.991
7     SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                          37:478.376
735        Otras transf. S. Público                 350.004 
749        Donaciones Varias                      1:536.000
751        Prima por Matrimonio                      15.288
752        Hogar Constituido                      1:380.216
753        Prima por Nacimiento                      30.576
754        Prestación por Hijo                       18.000
774        Contrib. por Asist. Médica            27:935.208
779        Otras                                          0
791        Imp. a la compra de M/E-IMCOME         3:289.152
792        Tributos municipales                   2:923.932
9     ASIGNACIONES GLOBALES                                      4:761.064
 
III - OPERACIONES FINANCIERAS                                6.020:901.558
 
RUBRO           DENOMINACION                                        $ 
8     SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                          6.020:901.558

RUBRO           DENOMINACION                         $              $     
 
81         Amortiz. Deuda Interna               922:798.080
82         Amortiz. Deuda Externa             1:587:517.146
83         Ints. Deuda Interna                  358:932.928
84         Ints. Deuda Externa                  598:272.115   
85         Dif. cambio y Aj. monet.             295:938.016
89         Otros intereses                    2.257:443.273
 
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                                 36:572.979
 
RUBRO           DENOMINACION                                        $
 4      MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS                       32:323.379
 6      CONSTRUCC., MEJORAS Y REP. EXTR.                         4:249.600
 
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte 
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo 
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a 
partir del primero de enero de 2001.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera 
están estimadas a la cotización de $ 12,80 (doce pesos uruguayos con 
80/100) por dólar estadounidense.
Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios 
promedio del período enero - junio de 2001.


Recibido por D. O. el 8 de Agosto de 2002.
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