Fecha de Publicación: 10/07/1980
Página: 105-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 28/07/1980.

Artículo 10

   La pérdida o sustracción de una libreta de Permiso de Tránsito y Tenencia de cueros de nutria o de un ejemplar o de sus copias, deberá ser denunciada ante la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, dentro de un plazo máximo de 72 horas de comprobado
el hecho.
   En la denuncia deberá expresarse el número de la libreta o permisos y si se hubiesen utilizado, todos los datos que mismo contenía.
   La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
resolverá respecto de la situación creada.
Ayuda