Las empresas solicitantes del registro de producto deberán exhibir, en
caso de inspección por parte del Ministerio de Salud Pública, la siguiente
documentación:
a) certificado de Registro de Producto ante el Ministerio de Salud
Pública;
b) copia integra de la documentación que fuera presentada ante la
autoridad sanitaria en oportunidad de su registro;
c) en el caso de empresas que realizan tareas de mantenimiento de
equipos, registro de las actividades efectuadas;
d) en el caso de los distribuidores, deberán exhibir copia del
registro de los productos que están comercializando y documentación
relativa a sus proveedores y a los adquirentes de los mismos;
e) certificado de calidad;