Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 4

   (Cometidos): La Dirección General de Información e Inteligencia, tendrá los siguientes cometidos:
   a- Dirigir y coordinar la ejecución del proceso lógico-racional a que debe ser sometida la información para convertirla en un instrumento útil y oportuno en la toma de decisiones del Mando Institucional y de los distintos Poderes del Estado.
   b- Planificación, recolección, evaluación y difusión de la información relacionada con la Seguridad Pública y Convivencia Ciudadana.
   c- Promover actividades de contrainteligencia que permitan garantizar la seguridad del personal, las instalaciones, los documentos y las comunicaciones de la Dirección General.
   d- Colaborar con las instituciones policiales de formación en el diseño y ejecución de planes de estudio, capacitación y especialización en materia de Inteligencia.
   e- Producir Inteligencia estratégica, operacional y táctica, respecto de todos los factores que afectan la Seguridad Pública y Convivencia Ciudadana.
   f- Ejecutar procesos tendientes a detectar y prevenir amenazas, evaluando riesgos que atenten contra la Seguridad Pública y la estabilidad del Estado conforme a la normativa legal.
   g- Mantener un canal técnico de comunicación con el Coordinador de los Servicios de Inteligencia del Estado en base a disposiciones legales vigentes.
   h- Investigar y someter al Poder Judicial a los autores, cómplices o encubridores de aquellos delitos comprendidos en el Código Penal, Libro II, Titulo I "De los delitos contra la soberanía del Estado contra los Estados Extranjeros sus jefes o Representantes" Titulo II "Delitos contra el orden político interno del estado " y Titulo III "Delitos contra la paz pública". 
   i- Asumir toda investigación que le sea encomendada por el Poder Judicial o por autoridades ministeriales, debiendo recepcionar las denuncias que se radiquen por parte de los ciudadanos y en caso de no corresponder a delitos de su competencia deberá derivarla a la Unidad correspondiente.
   j- Realizar estudios analíticos sobre la actividad delictiva y su impacto en la sociedad, a partir de la colección, análisis, procesamiento y diseminación de la misma, con el fin de elaborar planes estratégicos para la implementación de políticas de Seguridad Pública.
   k- Colaborar e intercambiar información con todos los servicios análogos del Estado e Internacionales dentro del marco legal, con la finalidad de la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo.
   l- Obtener, procesar, evaluar, registrar y eventualmente archivar la información referente a hechos y actividades que puedan atentar contra la Constitución, dentro del ámbito de las disposiciones constitucionales y legales vigentes. 
   m- Cooperar con las reparticiones de las Jefaturas de Policía y de la Dirección Nacional de Migración, en el contralor de entrada y salida de personas del territorio nacional de acuerdo a las leyes vigentes.
   n- Participar en tareas de seguridad ante la realización de eventos internacionales y/o la presencia de dignatarios extranjeros.
   ñ- Colaborar, con otras reparticiones policiales en la misión genérica de prevención y tutela de la tranquilidad y orden público.-

                               CAPITULO II
                           ESTRUCTURA ORGÁNICA
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