Fecha de Publicación: 07/10/1986
Página: 27-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 299/986

Se aprueba el Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                      Montevideo, 14 de mayo de 1986.

   Visto: la iniciativa presupuestal de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente al ejercicio 1985.

   Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.

   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,

   El Presidente de la República 

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a regir desde el 1° de enero de 1985, de acuerdo con la apertura siguiente:

I - INGRESOS
    Ingresos Tarifarios   N$ 3.374:017.000
    Ingresos Financieros  "    131:718.000
                          _________________

      T O T A L           "  3.505:735.000

II - PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE OPERACIONES 
FINANCIERAS                                     N$ 3.428:752.337

Rubro        Denominación                N$                  N$
_______________________________________________________________________

0            Retribución de Serv.
             Personales                                  1.280:649.482
0.11.311     Sueldos Básicos Carg.
             Permanentes            123:045.974
             Sueldo Directorio        2:704.815  
0.11.312     Incremento Mayor 
             Horario                 32:174.184
0.11.316     Premio Cobradores        2:966.502
0.21.321     Sueldos Básicos 
             Personal Contratado    258:172.310
0.21.322     Incremento Mayor 
             Horario                 69:472.580
0.21.326     Premio Cobradores        3:932.344
             Antigüedad              95:527.420
0.36.331     Sueldos Básicos Pers.
             Jornalero              239:165.564
0.36.332     Incremento Mayor 
             Horario                 76:759.560
   0.50      Honorarios               3:615.724
0.61.301     Por Trabajo en Horas 
             Extras                  34:264.416
0.61.301/a   Compensación Feriados   34:030.544                 
0.61.302     Compensación Zona 
             Balnearia                6:710.797
0.61.302/a   Compensación Desarraigo  1:647.878
0.61.304     Por funciones distintas
             al cargo                18:413.156
0.62.301     Gastos de 
             Representación             408.302
0.62.307     Compensación Guardias   42:332.184
   0.77      Quebranto de Caja        3:255.430
   80        Adelanto a Cuenta       21:287.232
   0.80      Aumento abril 1985     119:298.180
             Sueldo Anual 
             Complementario          91:464.386
                                    ____________

1            Cargas Legales sobre 
             Serv. Pers.                                339:763.386
1.11         Aporte Patronal al 
             Sistema de Seguridad
             Social                 259:541.443
1.21         Aporte Patronal por 
             Fallecimiento de 
             Funcionarios             2:033.024
1.22         Aporte Seguro de 
             Enfermedad              39:884.220
1.23         Aporte Patronal al
             Fondo Nacional de 
             Vivienda                12:977.072
1.25         Prima por Seguro de 
             Accidente de Trabajo    12:350.555
1.31         Impuesto a las
             retribuciones y 
             prestaciones nominales  12:977.072
                                     ___________

2            Materiales y 
             Suministros                             1.003:780.000
3            Servicios No Personales                   295:279.000
4            Máquinas, Equipos y 
             Mobiliarios Nuevos                         40:000.000
7            Subsidios y Otras 
             Transferencias                            325:522.847
7.51         Prima por Matrimonio    1:278.331
7.52         Hogar Constituido      57:126.180
7.53         Prima por Nacimiento    1:475.219
7.54         Prestaciones por Hijos 28:627.456
7.59         Gastos de 
             Alimentación          217:204.020
7.73         Becas                   9:168.336
7.79         Otras Prestaciones      1:508.305
7.92         Tributos Municipales    9:135.000
                                  _____________

8            Servicio de Deuda y 
             Anticipo               142:439.000
9            Asignaciones Globales    1:318.622
                                   ____________

   Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" contienen el aumento salarial del 18% autorizado a partir de noviembre de 1985.

   Dichos créditos incluyen el costo de los funcionarios restituidos ingresados hasta julio de 1985. Se faculta al Organismo a crear los créditos necesarios para la incorporación de los posibles restituidos ingresados con posterioridad a esa fecha.

II - PLAN DE INVERSIONES

    Rubro      Denominación                                  N$
______________________________________________________________________

      0        Retribuciones de Serv. Personales         39:534.000
      1        Cargas Legales sobre Serv. Pers.          10:287.000
      2        Materiales y Suministros                 100:301.000
      3        Servicios No Personales                   31:982.000
      4        Máquinas, Equipos y Mob. Nuevos          179:303.000
      5        Tierras, Edificios y Otros Activos 
               Preexistentes                             21:815.000
      6        Construcciones, Mejoras y Reparaciones
               Extraordinarias                          995:473.000
                                                        ___________
     
                                         T O T A L    1.378:695.000

   La apertura por proyecto, fuentes de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto.          
                                 


		
		Ayuda