Fecha de Publicación: 04/10/2016
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Carilla: 30

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 56

   El Departamento de Residencia Legal tendrá como cometido específico lo siguiente:
   a) Cumplir funciones de apoyo o auxiliares en materia de su especialidad.
   b) Tramitar la solicitud de antecedentes judiciales de los ciudadanos extranjeros que soliciten su radicación en nuestro país a requerimiento de la autoridad competente y de los ciudadanos uruguayos que tramiten su residencia en el extranjero, solicitados por nuestras similares en otros países.
   c) Tramitar las solicitudes de Visa para ingresar al país que son derivadas por las autoridades competentes.
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