Fecha de Publicación: 04/10/2016
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Carilla: 30

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 55

   El Jefe del Departamento será un Oficial Jefe y sus tareas serán:
   a) Supervisar al personal a sus órdenes.
   b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le sean asignados.
   e) Producir informes y supervisar las traducciones realizadas por el personal a su cargo.
   d) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
   e) Toda otra tarea que le asigne el Comando de la Dirección.

                     DEPARTAMENTO DE RESIDENCIA LEGAL
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