Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 51

   El Jefe del Departamento será un Oficial Jefe del Sub escalafón Ejecutivo que será además el Oficial de Seguridad del sistema del I24/7 y tendrá los siguientes cometidos:
   a) Supervisar al personal a sus órdenes.
   b) Administrar recursos humanos, equipos y tecnología que le sean asignados.
   c) Producir informes y supervisar la tramitación de la documentación que ingrese a su Departamento.
   d) Dar estricto cumplimiento a las normas de seguridad emitidas por la Secretaría General de la O.I.P.C. - INTERPOL.
   e) Mantener la exclusividad del sistema de comunicación para el intercambio entre las O.C.N. y la Secretaría General.
   f) Establecer en consulta con la Secretaría General los medios tecnológicos que garanticen la inaccesibilidad de terceras personas o entidades a la información.
   g) En la interconexión con unidades nacionales, deberá velar porque tengan un nivel de seguridad mínimo, equivalente al de esta O.C.N.
   h) Asegurar el espacio físico donde se encuentran instalados los equipos.
   i) Asegurar la protección al acceso al sistema de comunicación I24/7 y su operativa.
   j) Efectuar el contralor de las comunicaciones emitidas y recibidas por la O.C.N., realizando una auditoria mensual de las mismas.
   k) Controlar el funcionamiento del circuito cerrado de televisión (CCTV) y su respaldo.
   l) Mantener actualizado el correspondiente Protocolo de Actuación.
   m) Otras tareas ordenadas por el Comando.

              DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE FUGITIVOS DE
                                 INTERPOL
                                 D.I.F.I
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