Fecha de Publicación: 22/10/2014
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Decreto 296/014

Autorízase la transformación de los cargos vacantes que se determinan,
correspondientes a la Unidad Ejecutora 001 Dirección General de
Secretaría, del MRREE.
(1.691*R)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                         Montevideo, 1° de Octubre de 2014

VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N°
19.149 de 24 de octubre de 2013 y el Decreto Reglamentario N° 334/011 de
21 de setiembre de 2011;

RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a
instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos
de la transformación de los que se consideren necesarios para su
funcionamiento;

CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores;

II) que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría
General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos
solicitadas;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62
de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por
el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y el Decreto
Reglamentario N° 334/011 de 21 de setiembre de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorizar la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", del Inciso 06
"Ministerio de Relaciones Exteriores", en los cargos que se proponen en el
Anexo I y II, que se adjuntan y se consideran parte integrante de este
Decreto.

Artículo 2

 Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto.

Artículo 3

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LUIS PORTO; MARIO BERGARA.

ANEXO I - TRANSFORMACIONES DE CARGOS -
Art. 62 Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por
el Art. 08 de Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, y el Decreto
Reglamentario 334/011 de 21 setiembre de 2011.
Inciso 06: "Ministerio de Relaciones Exteriores"
Unidad Ejecutora 001: "Dirección General de Secretaría"

Naturaleza: Presupuestados
Valores Vigentes a: Enero 2014
Régimen Horario: 40 horas semanales

 "Ver información adicional en el Diario
Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo."

ANEXO II - TRANSFORMACIONES DE CARGOS -
Art. 62 Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por
el Art. 08 de Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, y el Decreto
Reglamentario 334/011 de 21 setiembre de 2011.
Inciso 06: "Ministerio de Relaciones Exteriores"
Unidad Ejecutora 001:"Dirección General de Secretaría"

Naturaleza: Presupuestados
Valores Vigentes a: Enero 2014
Régimen Horario: 40 horas semanales

          Supresiones
Cant. Esc.  Gdo.  Denominación   Serie
 1     B     12   Técnico III    Traductor Público
 1     B     10   Técnico V      Técnico en Instalaciones Eléctricas
 1     D     1    Especialista   Archivólogo
 1     D     1    Especialista   Archivólogo

 4                               Total de Supresiones

          Creaciones
Cant. Esc.  Gdo.  Denominación   Serie
 1     A     12   Asesor V       Traductor Público
 1     E     7    Oficial V      Electricista
 1     B     3    Técnico XII    Archivólogo
 1     B     3    Técnico XII    Archivólogo

 4                               Total de Creaciones


		
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