El personal de la categoría Auxiliar 1 del escalafón Administrativo percibirá una remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala Patrón Única:
"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."
La presente escala se aplicará en concordancia con el régimen de corrimiento por antigüedad establecido en el Convenio Laboral de fecha 26/12/12 y reglamentado en los artículos 57° a 61° inclusive de las presentes normas.