Fecha de Publicación: 09/11/2015
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 33

   Sustitúyese el artículo 27 del Decreto N° 431/2012 de 28/12/2012, el que quedará redactado de la siguiente forma:
   "Los ascensos a cargos de Fiscales I, II y Especializados I y II, pertenecientes al Escalafón CC - Administración y Fiscalización de Casinos y al Escalafón R - Especializado de Casinos de la Dirección General de Casinos, respectivamente, se proveerán por concurso de oposición y méritos, pudiendo únicamente presentarse funcionarios del mismo escalafón al del cargo a proveer, que ostenten el grado inmediato inferior respecto a éste y posean al menos dos años de antigüedad en el mismo.-
   El procedimiento concursal a realizarse será el mismo que se establezca para la Administración Central.-
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