Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 30

   Son cometidos del Departamento de Información:
   a. La investigación de grupos criminales vinculados al narcotráfico que operan a nivel nacional e internacional, mediante el análisis de información y la explotación de todo tipo de fuentes, utilizando para ello todas los medios técnicos disponibles, con la finalidad de conocer sus movimientos, detectar sus maniobras ilícitas y desbaratar actividades criminales, mediante la incautación de sustancias estupefacientes, armamento, dinero, bienes y el inmediato sometimiento de los involucrados ante el Poder Judicial.
   b. El Jefe del Departamento y su equipo tendrán como labor dar cumplimiento a las directivas impartidas por el Comando respecto a la Estrategia Nacional para el combate al narcotráfico, siguiendo determinados lineamientos para la producción de información, su recolección, procesamiento y diseminación; y el permanente contacto con el Ministerio Público y el Poder Judicial para coordinar en cada caso, las actuaciones a seguir.
   c. El Jefe del Departamento estará en permanente contacto con su Personal, supervisando sus tareas y articulando ante los mandos todos los aspectos operacionales y también administrativos. El mismo promoverá reuniones periódicas con el fin de tener una visión de la evolución de las operaciones en curso, y determinar conjuntamente con los Oficiales de Caso los lineamientos a seguir para cada investigación.
   d. El Jefe del Departamento y su Personal, deberán interactuar constantemente, cuando las circunstancias lo ameriten, respecto a aspectos operativos con los Jefes y Oficiales de los demás Departamentos o Delegaciones de la DGRTID, buscando con ello coleccionar información, producir inteligencia táctica o actuar operativamente, fortaleciendo la unidad y el trabajo de equipo.
   e. El Jefe del Departamento será el responsable de coordinar con el Jefe del Departamento de Instrucción, aspectos relacionados con la capacitación permanente de todo el personal, ya sea en aspectos operativos o administrativos, así como también la instrucción de nuevos Oficiales y Personal Subalterno cuando estos son designados por el Comando, para integrar las filas del Departamento.
   f. Brindar la información necesaria al Comando para producir inteligencia operativa suficiente, a los efectos de realizar y mantener la Apreciación Constante de Situación en materia de narcotráfico y delitos conexos.
   g. Utilizar una metodología de trabajo, que esté ajustada a las técnicas de investigación de vanguardia, buscando estar permanentemente capacitados, para contribuir al logro de los objetivos con la mayor eficiencia y eficacia.
   h. Solicitar la cooperación nacional o internacional, ya sea de agencias policiales, o de gobierno, etc., canalizándola por medio de los Departamentos de Enlace Interior y Exterior respectivamente.
   i. Explotar todos los medios informáticos y electrónicos de colección de información, que permitan optimizar la tarea de investigación para cumplir con el ciclo de producción de inteligencia asistiendo los requerimientos de prueba del Poder Judicial.

                               CAPITULO XII
           Departamento Operativo - Brigada Nacional Antidrogas
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