Decreto 289/024
Apruébase el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior, para los Responsables de las Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad, aplicable en el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2024.
(5.392*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 5 de Noviembre de 2024
VISTO: las disposiciones establecidas por el artículo 120 de la Ley N.° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, modificado por el artículo 101 de la Ley N°18.996 de fecha 7 de noviembre de 2012, artículos 57 y siguientes de la Ley N.° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013, artículo 171 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y Decreto 163/014 de fecha 4 de junio de 2014.
RESULTANDO: I) que el precitado marco normativo dispuso, en primer lugar la creación de una compensación económica mensual en el Ministerio del Interior por "Compromisos de Gestión" y en segundo lugar se otorgó autorización para abonar una compensación extraordinaria a los Encargados de las distintas Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad.
II) que se anexa como parte integrante del presente Decreto, el informe sobre las metas comprometidas por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2024 elaborado por el Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal de dicha Secretaría de Estado y validado por la Comisión de Compromisos de Gestión.
CONSIDERANDO: I) que las propuestas fueron avaladas por la Comisión de Compromisos de Gestión integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con fecha 1° de agosto de 2024.
II) que corresponde aprobar el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para los Responsables de las distintas Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad, por el período comprendido entre los meses de enero a diciembre 2024.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, por el artículo 120 de la Ley N.° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, modificado por el artículo 101 de la Ley N° 18.996 de fecha 7 de noviembre de 2012, artículos 57 y siguientes de la Ley N.° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013, artículo 171 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015 y Decreto 163/014 de fecha 4 de junio de 2014;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
APRUÉBASE el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para los Responsables de las Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad, para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2024 que luce agregado en Anexo y se considera parte integrante del presente Decreto.
COMUNÍQUESE y oportunamente, archívese.
LACALLE POU LUIS; NICOLÁS MARTINELLI; AZUCENA ARBELECHE.
COMPROMISO de GESTIÓN
entre el MINISTERIO del INTERIOR y el INSTITUTO NACIONAL de REHABILITACIÓN
AÑO 2024
En Montevideo, el día _____________ de __________ de 20____, por una parte, el Ministerio del Interior (MI), representado por el señor Ministro y por la otra, la Dirección del Instituto Nacional de Rehabilitación, representada por el señor Director Nacional, acuerdan el siguiente Compromiso de Gestión:
CLÁUSULA 1ª.- ANTECEDENTES
El MI tiene como misión mantener el orden y la seguridad pública, protegiendo el libre ejercicio de los derechos y libertades de los habitantes del país, siendo auxiliar de la Justicia y garante de los derechos humanos de todos los ciudadanos.
Busca ser un organismo altamente técnico y profesionalizado capaz de abordar la seguridad desde una óptica integral en la cual la prevención, disuasión y represión del delito sean fundamentales, colaborando con la Justicia y estando al servicio de la sociedad para mantener una adecuada convivencia entre los habitantes del país.
Por su parte, el Instituto Nacional de Rehabilitación tiene como misión la gestión de los establecimientos carcelarios, la rehabilitación de las personas privadas de libertad y la adecuada instrumentación y monitoreo de las medidas alternativas a la privación de libertad.
El Instituto Nacional de Rehabilitación será un organismo profesionalizado que gestione el sistema carcelario nacional, promueva y desarrolle los procesos de rehabilitación de personas privadas de libertad, en el marco del respeto y cumplimiento de las disposiciones internacionales en materia de derechos humanos y de la Constitución y la ley.
El Compromiso de Gestión, que comprende a los equipos de dirección de las unidades de internación de las personas privadas de libertad y de monitoreo de medidas alternativas a la privación de libertad, ha contribuido a un cambio en la cultura organizacional desde el desarrollo de capacidades humanas para la profesionalización de las funciones, como el desarrollo de tecnologías de la comunicación y la información que propenden a protocolizar procedimientos internos y servicios a la ciudadanía. Con el mismo, se busca generar un nuevo modelo de gestión basado en resultados, donde el personal sea evaluado por su capacidad y compromiso con el servicio público.
CLÁUSULA 2ª.- OBJETO
El objeto de este compromiso de gestión es fijar, de común acuerdo, metas e indicadores que redunden en un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos del organismo comprometido, estableciendo la forma de pago de la contrapartida correspondiente al cumplimiento de las metas para las Unidades de Internación designadas por la Dirección del Instituto Nacional de Rehabilitación. Dichas Unidades beneficiarias del incentivo en el 2024 son:
* CIDD
* UNIDAD N° 1 Público Privada
* UNIDAD N° 2
* UNIDAD N° 3 Libertad
* UNIDAD N° 4A Santiago Vázquez
* UNIDAD N° 4B Santiago Vázquez
* UNIDAD N° 4C Santiago Vázquez
* UNIDAD N° 4D Santiago Vázquez
* UNIDAD N° 4E Santiago Vázquez
* UNIDAD N° 5 Femenina
* UNIDAD N° 6 Punta de Rieles
* UNIDAD N° 7 Canelones
* UNIDAD N° 9 Madres con Hijos
* UNIDAD N° 10 Juan Soler
* UNIDAD N° 11 Río Negro
* UNIDAD N° 12 Rivera y Anexo
* UNIDAD N° 13 Maldonado
* UNIDAD N° 14 Colonia
* UNIDAD N° 15 Cerro Largo
* UNIDAD N° 16 Paysandú
* UNIDAD N° 17 Lavalleja
* UNIDAD N° 18 Durazno
* UNIDAD N° 19 Florida
* UNIDAD N° 20 Salto y Anexo
* UNIDAD N° 21 Artigas y Anexo
* UNIDAD N° 22 Rocha
* UNIDAD N° 23 Treinta y Tres
* UNIDAD N° 24 Soriano
* UNIDAD N° 25
* UNIDAD N° 26 Tacuarembó
* DINAMA
Los beneficiarios de las Unidades de Internación (UPPL) y DINAMA designados son los que efectivamente cumplen la tarea, en caso de ausencia, el beneficiario será el subrogante. En el caso de estar a cargo de dos unidades al mismo tiempo, se pagará por la de mayor partida.
CLÁUSULA 3ª.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
El Instituto Nacional de Rehabilitación se compromete a cumplir con las metas que se detallan en el Anexo que es parte integrante de este contrato, las cuales contribuyen al logro de los siguientes objetivos:
* Propender a la utilización de instrumentos de Planificación.
* Promover la seguridad integral de las personas privadas de libertad.
* Promover la rehabilitación de las personas privadas de libertad a
través de actividades educativas y/o laborales.
* Obtener información oportuna, pertinente y de calidad para la gestión
de las personas privadas de libertad.
CLAUSULA 4ª.- NORMATIVA
* Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011, Art. 120; en la redacción
dada por el Art. 171 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015
* Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012, Art. 91
* Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013, Arts. 57 y ss., en redacción
dada por el artículo 350 de la Ley N° 19.996 de fecha 3 de noviembre
de 2021
* Decreto N° 163/014 de 4 de junio de 2014
CLAUSULA 5ª.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del Compromiso de Gestión, integrada por representantes de la Dirección General, del Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal y del Instituto Nacional de Rehabilitación, tanto titulares como alternos.
La Comisión tiene como cometido evaluar el grado de cumplimiento de las metas en los plazos establecidos en el compromiso, a partir de la documentación pertinente. El informe de la Comisión de Seguimiento se emitirá en un plazo no superior a 45 días luego de la fecha límite para el cumplimiento de la meta, remitiéndose inmediatamente a la Comisión de Compromisos de Gestión (CCG).
Las resoluciones se tomarán por mayoría y el informe deberá estar firmado por al menos dos de sus integrantes.
La CCG podrá solicitar en cualquier momento a la Comisión de Seguimiento y Evaluación informes sobre el avance en el cumplimiento del compromiso.
CLAUSULA 6ª.- PERÍODO DE VIGENCIA
El presente Compromiso de Gestión tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
CLAUSULA 7ª.- PERÍODO DE PAGO
El presente Compromiso de Gestión se pagará anualmente luego de verificar su cumplimiento.
A efectos de la verificación antes referida se considerará el cumplimiento en cada uno de los meses de acuerdo a lo dispuesto en cada una de las metas incluidas en el documento Anexo.
CLÁUSULA 8ª.- TRANSPARENCIA
El MI se compromete a poner a disposición toda información que la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera para el análisis, seguimiento y verificación de los compromisos asumidos a través del presente Compromiso de Gestión.
Una vez aprobado el presente compromiso, se remitirá copia digital a la CCG y se publicará en la página web del organismo.
Asimismo, una vez evaluado el cumplimiento de las metas, el MI publicará los resultados del presente Compromiso en su página web.
CLÁUSULA 9ª.- SALVAGUARDAS
La Comisión de Seguimiento y Evaluación podrá, por mayoría y con previa aprobación de la CCG, ajustar las metas establecidas en el Anexo si su cumplimiento fuera impedido por casos extraordinarios y de fuerza mayor fuera del control del MI, que no pudieran haber sido razonablemente contemplados al momento de formular las metas y/o el indicador.
Dichos ajustes deberán ser solicitados por el señor Director General de Secretaría y refrendados por el señor Ministro del Interior.
La aplicación de una cláusula de salvaguarda deberá ser elevada por la Comisión de Seguimiento a la CCG, con aval de las autoridades correspondientes, con la fundamentación correspondiente y la propuesta de sustitución planteada. Para ser considerada por la CCG, la solicitud deberá ser presentada, como máximo, antes de transcurrido la mitad del plazo establecido para el cumplimiento de la meta (por ejemplo, en metas semestrales, tres meses antes del vencimiento). La decisión de aceptación o no de la solicitud presentada será competencia de la CCG.
El presente Compromiso de Gestión se suscribe en Montevideo, el _____ de _________ de ____.
ANEXO
"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."