Fecha de Publicación: 04/11/2015
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 9

   (Promoción de medidas de eficiencia energética) Se exhorta a los organismos públicos no comprendidos en el ámbito de aplicación del presente decreto, a adoptar medidas similares a las promovidas por la Ley N° 18.597 y artículo 59 de la Ley N° 18.834.
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