Fecha de Publicación: 14/10/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 49

   Procurará la garantía de calidad promoviendo una atención sistemática, estructurada y continua a la calidad en términos de su mantenimiento y mejora. En el marco de las políticas y procedimientos formativos que se desarrollan a tales fines, la garantía de la calidad permite a las reparticiones que han obtenido certificación demostrar el compromiso laboral asumido.
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