Fecha de Publicación: 14/10/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 25

   Sus objetivos serán:

   a.- Constituir un facilitador del desarrollo humano integral.
   b.- Trazar, en acuerdo con el mando natural, la política del desarrollo humano de los integrantes de la Unidad Ejecutora.
   c.- Impulsar, a nivel de excelencia las competencias individuales, de acuerdo a las necesidades operativas y de gestión.
   d.- Orientar, el potencial de conocimientos de la inteligencia de la organización, de los valores y la comunicación a un propósito de entregar servicios de calidad a los funcionarios de la jefatura para contribuir con el mejoramiento y satisfacción de su vida.
   e.- Garantizar el desarrollo y administración del potencial de las personas.
   f.- Procurar, la eficiencia y la eficacia de los funcionarios a través del trabajo grupal y coordinado para buscar, conjuntamente la efectividad de la organización en las respuestas que entrega al entorno.
   g.- Mantener una visión sistemática, permanente y dinámica de la organización, para atender la demanda de personal en los diferentes frentes de trabajo que afectan la gestión y de lo cual depende en gran medida la respuesta de ésta.
Ayuda