Fecha de Publicación: 25/06/2008
Página: 590-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 30

 Una vez cumplidos los requisitos sustanciales y formales que constituyen
los presupuestos necesarios para la validez y eficacia de la
regularización de la situación escalafonaria de funcionarios provenientes
de Salas y Casinos hacia Oficina Central transfórmanse, las clases de
cargos, cantidad de cargos y grados que a continuación se mencionan:
30.1     Tres Fiscal II Escalafón CC, Grado 16 a tres Administrativo III
         Escalafón C, Grado 16;
30.2     Un Jefe de Sector Administrativo Escalafón CC, Grado 22 a un
         Administrativo I Escalafón C, Grado 22.
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