Fecha de Publicación: 25/06/2008
Página: 590-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 28

 La Dirección General de Casinos asumirá con los recursos derivados de su
gestión comercial, la totalidad del costo derivado de la aplicación del
sistema de retiros incentivados de funcionarios públicos, previsto en el
artículo 29 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y prórrogas
dispuestas por Ley Nº 18.046 artículo 45 de 24 de octubre de 2006, a cuyos
efectos se prevé en el objeto del gasto 576 041, el crédito
correspondiente para atender el pago de las prestaciones a los respectivos
ex - funcionarios y en el objeto del gasto 913 002, el crédito
correspondiente al equivalente de las economías derivadas.
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