Fecha de Publicación: 25/06/2008
Página: 590-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 24

 Aféctase al grupo 2 "Servicios no Personales" del presente presupuesto,
los gastos de la publicidad y promoción de sus establecimientos, que
decida realizar la Dirección General de Casinos, de acuerdo a las normas
legales y reglamentarias vigentes para el Organismo.
Ayuda