Fecha de Publicación: 20/10/2017
Página: 25
Carilla: 25

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                               Decreto 287/017

Autorízase la transformación de los cargos vacantes que se determinan, correspondientes a la Dirección Nacional de Coordinación con el Interior.
(4.234*R)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                          Montevideo, 9 de Octubre de 2017

   VISTO: Lo dispuesto por el Art. 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la de la Ley N° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 y Decreto reglamentario N° 334/011 de 21 de setiembre de 2011.

   RESULTANDO: Que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo, a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar los créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento.

   CONSIDERANDO: I) La solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

   II) Que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.

   ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 y Decreto reglamentario N° 334/011 de 21 de setiembre de 2011.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 004, "Dirección Nacional de Coordinación con el Interior", del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", en los cargos que se proponen en el Anexo que se considera parte integrante de este Decreto.

Artículo 2

   Facúltese a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto.

Artículo 3

   Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.
   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; ERNESTO MURRO; DANILO ASTORI.

ANEXO I - TRANSFORMACIONES DE CARGOS - Artículo 62 Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el Artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013
Inciso N°: 13
Unidad Ejecutora N°: 4
Programa: 501
Naturaleza: Presupuestados
Valores vigentes a: Enero 2017
Régimen horario: 40 horas semanales
Supresiones
Cant.
Esc.
Gdo.
Denominación
Serie
011.300
042.400
048.032
Costo Mensual Unitario
Costo
Mensual Ponderado Total cargos
1
A
13
ASESOR I
ESCRIBANO
17.141,91
22.950,57
811,43
40.903,91
40.903,91
1
C
2
ADMINISTRATIVO V
ADMINISTRATIVO
6.891,68
22.527,96
326,22
29.745,86
29.745,86
2
Total de Supresiones
24.033,59
45.478,53
1.137,65
70.649,77
70.649,77
Creaciones
Cant.
Esc.
Gdo.
Denominacion
Serie
011.300
042.400
048.032
Costo Mensual Unitario
Costo
Mensual Ponderado Total cargos
1
A
4
ASESOR X
ABOGADO
8.221,21
22.582,74
389,16
31.193,11
31.193,11
1
A
4
ASESOR X
ABOGADO
8.221,21
22.582,74
389,16
31.193,11
31.193,11
2
Total de Creaciones
16.442,42
45.165,48
778,32
62.386,22
62.386,22
Diferencia excedente
8.263,55
Observaciones: El crédito excedente se transferirá al Objeto del Gasto 099.002 "Financiación de Estructuras Organizativas" de la Unidad Ejecutora 001.


		
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