Régimen de los servicios de auditoría interna que sean contratados.- Los servicios de auditoría contratados, tanto con personas privadas como públicas, por Organismos sometidos a la superintendencia quedarán asimismo sujetos a dicha Superintendencia técnica de A.I.N., conforme a lo dispuesto en el presente decreto y a las normas técnicas que emitan la misma.