MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Deróganse los Artículos 29.2.4, 29.2.6 y el Literal a) del Artículo 29.2.5 de la Sección 2 - Disposiciones Generales - Disposiciones generales para alimentos modificados en su composición glucídica -, del Capítulo 29 - Alimentos Modificados - del citado Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994).Ayuda