Fecha de Publicación: 16/07/1990
Página: 111-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 277/990

Fija precios para formularios, planillas, carnés y fotocopias que expide la Dirección de Contralor de Semovientes.

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
 Ministerio de Economía y Finanzas 

                                      Montevideo, 20 de junio de 1990. 

   Visto: la gestión formulada por la Dirección General de Servicios de
Contralor Agropecuario del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a
solicitud de la Dirección de Contralor de Semovientes, a los fines que se
indicarán.

   Resultando: I) El artículo 77 de la ley 15.851, de 24 de diciembre de
l986, dispuso que el Poder Ejecutivo podrá fijar los valores de
formularios, fotocopias y carnés que expida la Dirección de Contralor de
Semovientes, en función de la variación del índice general de precios del
consumo;

   II) Por decreto 286/989, de 14 de junio de 1989, se actualizaron los
valores referidos, en función de lo preceptuado por la norma reseñada en
el numeral precedente;

   III) En la gestión de referencia, la Dirección de Contralor de
Semovientes solicita se actualicen los citados valores en un 80%, teniendo
en cuenta la variación en el costo de mano de obra y materiales empleados
en la confección de los mismos, que se relaciona con la variación operada
del índice de precios del consumo;

   IV) La Dirección General de Servicios de Contralor Agropecuario se
expidió de conformidad;

   V) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca.

   Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, proveer en la
forma solicitada por la Dirección de Contralor de Semovientes,
redondeándose los precios aconsejados, por razones prácticas, en la
centena superior.

   Atento: a lo preceptuado por el artículo 77 de la ley 15.851, de 24 de
diciembre de 1986 y la Ley de Contabilidad y Administración Financiera
(Capítulo IX de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987).

   El Presidente de la República,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse los siguientes precios a partir del 1º de julio de 1990, para
los distintos formularios, planillas, carnés y fotocopias que expide la
Dirección de Contralor de Semovientes:

   Form. Cont. Interno, Serie A ........   N$ 200 c./u.
   Form. Cont. Interno, Serie B ........    " 200 c./u.
   Form. Cont. Interno, Serie C ........    " 200 c./u.
   Form. Cont. Interno, Serie D ........    " 200 c./u.
   Planilla Remate Vacuno ..............    " 200 c./u.
   Planilla Remate Porcino .............    " 200 c./u.
   Planilla Faena Diaria ...............    " 200 c./u.
   Planilla Faena Mensual ..............    " 200 c./u.
   Fotocopias Desc. Jur. y Guías .......    " 100 c./u.
   Carnés ..............................    " 800 c./u.

LACALLE HERRERA.- ALVARO RAMOS.- ENRIQUE BRAGA SILVA.
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