Fecha de Publicación: 04/09/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Sustitúyase el artículo 136 del Decreto N° 115/018, de 24 de abril de 2018, por el siguiente:
   "Artículo 136) La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos y la Dirección Nacional de Medio Ambiente acordarán la información que la primera remitirá a los efectos de su inclusión en el Observatorio Ambiental Nacional, creado por la Ley N° 19.147, de 18 de octubre de 2013."
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