Fecha de Publicación: 11/09/2013
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 27

 Sustituyese el artículo 26 del Decreto 431/012, de 28 de diciembre de
2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Facúltase a la Dirección General de Casinos, en caso de necesidad de
servicio, a arbitrar el procedimiento de transformación correspondiente, a
efectos de habilitar el pasaje de personal que reviste en el Escalafón R -
Especializado, a los Escalafones CC, C o D. Al producirse la toma de
posesión en el nuevo escalafón, la misma se efectivizará en el último
grado del mismo".

                         DISPOSICIONES GENERALES
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