Fecha de Publicación: 09/07/2003
Página: 56-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 7

 Cometidos del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tendrá por 
cometidos:
a) Implementar la Política del Centro establecida por el Consejo 
   Honorario.
b) Elevar a consideración del Consejo Honorario antes del 15 de marzo 
   de cada año, el Plan Anual de Actividades del Centro.
c) Estudiar, elaborar, aplicar y evaluar los planes de actividades de 
   rehabilitación ecuestre de los distintos Centros, a cuyos efectos
   deberá procurar su coordinación con los programas formulados en el
   Centro y elevarlos al Consejo Honorario antes del 15 de marzo de cada
   año.
d) Convocar a los miembros que estime necesarios de la Comisión 
   Técnica para el tratamiento de cada tema particular.
e) asignar tareas a la Secretaría General.
f) Promover el contacto e intercambio de experiencias 
   interinstitucionales.
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