Fecha de Publicación: 09/07/2003
Página: 56-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 268/003

Créase el Centro Nacional de Fomento y Rehabilitación Ecuestre, en el 
ámbito del Ministerio de Defensa Nacional, el que tendrá su sede 
principal en la Escuela de Equitación del Ejército.
(1.873*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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     MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
      MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
       MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                           Montevideo, 1º de julio de 2003
                                                                          
VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército 
solicita la creación del Centró Nacional de Fomento y Rehabilitación 
Ecuestre, con sede principal en la Escuela de Equitación del Ejército.

RESULTANDO: I) que por el Decreto 11.083 de 28 de febrero de 1948, en la 
redacción dada por el Decreto 121/984 de 28 de marzo de 1984, se creó la 
Escuela de Equitación del Ejército, aprobándose su organización y 
funcionamiento.

II) que desde el año 1996, se dictan en dicha Escuela clases de 
rehabilitación ecuestre para personas con capacidades diferentes.

CONSIDERANDO: I) que la rehabilitación ecuestre es reconocida a nivel 
mundial como un método en el cual el caballo es utilizado como 
herramienta terapéutica, sin eliminar ninguna otra terapia médica que el 
paciente requiera, con resultados excelentes en breves períodos de 
tiempo.

II) que la Escuela de Equitación del Ejército posee los recursos humanos 
idóneos y la infraestructura necesaria para la realización de estas 
actividades, sin que se vean afectados sus finalidades y cometidos 
reglamentariamente dispuestos.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a la opinión favorable del Comité 
Ejecutivo para la Reforma del Estado y a lo dictaminado por la Asesoría 
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Creación. Créase el Centro Nacional de Fomento y Rehabilitación 
Ecuestre, en el ámbito del Ministerio de Defensa Nacional, el que tendrá 
su sede principal en la Escuela de Equitación del Ejército.
Financiamiento.- Los gastos e inversiones del Centro, serán atendidos con 
cargo a la Unidad Ejecutora 004 "Comando General del Ejército", Programa 
002 "Ejército Nacional", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional".

BATLLE, YAMANDU FAU, DIDIER OPERTTI, ALEJANDRO ATCHUGARRY, LEONARDO 
GUZMAN, LUCIO CACERES, SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO, CONRADO BONILLA.


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