Fecha de Publicación: 23/09/2014
Página: 21
Carilla: 21

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 12

 Requisitos para solicitar habilitación. La solicitud de habilitación será
presentada ante el Ministerio de Desarrollo Social, por el titular o
representante legal del establecimiento o servicio y contendrá la
siguiente información:
a) Carta de solicitud del titular o representante legal del
establecimiento o servicio.
b) Documentación que acredite la identidad del titular físico o jurídico
del establecimiento o servicio y, en su caso, del representante legal.
c) Carta de solicitud de acreditación de idoneidad del Director Técnico.
d) Descripción de la planta física, acompañada de los planos de la misma o
su copia fiel.
e) Detalle de la oferta de servicios, incluyendo el número de camas o
plazas, según corresponda.
f) Cantidad y formación de los recursos humanos, con indicación de su
distribución en turnos semanales.
g) Carné de salud vigente de todo el personal
h) Coproparasitario vigente de quienes manipulen alimentos.
i) Acreditación de que al menos un cuidador por turno cuenta con
capacitación en primeros auxilios.
j) Lista de espera si la hubiere.
k) Plan de trabajo o propuesta de desarrollo de actividades de
estimulación, así como de otras de carácter social.
Una vez recibida la solicitud de habilitación y completados los requisitos
enumerados ut supra, el Ministerio de Desarrollo Social desglosará la
documentación a que refieren los literales c), f), g), h) e i) del
presente artículo para su remisión al Ministerio de Salud Pública, a los
efectos de la fiscalización que corresponde a su competencia.
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