Fecha de Publicación: 05/08/2011
Página: 316-A
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 6

 (Usuarios) Los Usuarios, tanto públicos como privados, están constituidos
por aquellos sectores productivos o entidades que desarrollen actividades
en la cuenca. Los mismos estarán representados en el Consejo por siete
delegados.

A dichos efectos, los Usuarios deberán proponer sus delegados al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el cual
resolverá su designación de acuerdo a la importancia de la actividad que
representan.
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