Fecha de Publicación: 05/08/2011
Página: 316-A
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 4

 (Poder Ejecutivo) El Poder Ejecutivo se encuentra representado por:

a)     El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
       Ambiente, quien presidirá el Consejo;

b)     El Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca quien ejercerá la
       vicepresidencia;

c)     El Ministerio de Relaciones Exteriores;

d)     El Ministerio de Trasporte y Obras Públicas.

Cada uno de los Ministerios deberá designar un delegado titular y dos
alternos.-
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