MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Los convenios de pago por deudas que incluyan solamente obligaciones anteriores al 30 de agosto de 1992, tendrán un plazo máximo de hasta 36 meses, si la deuda a convenir fuere por obligaciones generadas a partir del 1º de setiembre de 1992, el plazo máximo será de hasta 18 meses.Ayuda