Fecha de Publicación: 02/10/2015
Página: 22
Carilla: 22

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 260/015

Autorízase la transformación de los cargos vacantes que se especifican, correspondientes a la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05 (MEF).
(1.705*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 28 de Setiembre de 2015

   VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto reglamentario N° 334/011 de 21 de setiembre de 2011.

   RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso correspondiente.

   CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas.

   II) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio civil, de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el art. 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el Decreto N° 334 de fecha 21 de setiembre de 2011,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en Anexo I, correspondientes a la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", que se considera parte integrante de este decreto.

Artículo 2

 Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este decreto.

Artículo 3

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese y archívese.
   RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; PABLO FERRERI.

   ANEXO I - TRANSFORMACIÓN DE CARGO - Artículo 62 Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

   Inciso 05: "Ministerio de Economía y Finanzas"
   Unidad Ejecutora 005: "Dirección General Impositiva"

   Naturaleza: Presupuestados

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