MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
La enumeración de derechos del paciente contenida en los artículos
precedentes tiene carácter enunciativo y no enerva el cumplimiento por
éste de todos y cada uno de los deberes que son emanación de las
obligaciones constitucionales de cuidar su salud y asistirse en caso de
enfermedad (art. 44, inc. 2° de la Constitución)
Título III
NORMAS DE APLICACION
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