Fecha de Publicación: 18/09/2014
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 11

 (Duración del Programa) El Programa tendrá una duración de seis años
contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto. Para ampararse
al beneficio económico los inscriptos en el Programa deberán acceder a una
solución de vivienda durante dicho lapso.

El cierre del Programa por el Poder Ejecutivo una vez alcanzados los
cincuenta mil inscriptos en ejercicio de la facultad conferida por el
artículo 52 de la Ley que se reglamenta, no obstará al ejercicio del
derecho de optar por ampararse al beneficio económico por parte de quienes
se hubieren inscripto con anterioridad, siempre que dieren cumplimiento
con los demás requisitos previstos.
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