Fecha de Publicación: 31/08/2016
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con 
efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 572/019 de 27/08/2019.

Artículo 2

   La Dirección Nacional de Aduanas deberá, en un plazo no mayor a 180 días a partir de la vigencia del presente Decreto, previo cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 18.508, elevar al Ministerio de Economía y Finanzas una propuesta de reestructura funcional de la Unidad Ejecutora.
Ayuda