Fecha de Publicación: 14/08/2012
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Decreto 255/012

Extiéndese hasta el 27 de junio de 2015 el régimen de redistribución
previsto en la Resolución del Poder Ejecutivo 1.076 y Resolución del
Directorio de PLUNA N° 13.683.
(1.442*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 9 de Agosto de 2012

VISTO: la situación de determinados funcionarios del Ente Autónomo
Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA).

RESULTANDO: I) Que se trata de funcionarios que se encuentran amparados en
el régimen especial creado por las resoluciones del Poder Ejecutivo Nros.
1076/99 del 23 de noviembre de 1999 y de Primeras Líneas Uruguayas de
Navegación Aérea (PLUNA) N° 13.683 del 25 de noviembre de 1999.

II) Que el referido régimen especial rigió hasta el 27 de junio de 2005 y
fue prorrogado por Resolución del Directorio del Ente N° 14.838 del 1° de
junio de 2005 hasta el 27 de junio de 2007, hasta el 27 de junio de 2008
por Decreto N° 220/007 del 11 de junio de 2007 y Resolución del Directorio
del Ente N° 15.074 del 13 de junio de 2007, Decreto del 26 de junio de
2008 y Resolución N° 15.259 de 27 de junio de 2008 y Decreto del 26 de
junio de 2009 y Resolución N° 15.446 de 10 de julio de 2009, Decreto del
23 de junio de 2010 y Resolución N° 15.655 del 10 de setiembre de 2010 y
posteriomente por Decreto del 25 de julio de 2011 y Resolución N° 15.818
del 29 de julio de 2011.

CONSIDERANDO: I) Que, disponiendo el régimen original y su prorroga el
derecho de los funcionarios a ser redistribuidos en el ámbito de la
Administración Pública y al amparo de las normas legales aplicables,
corresponde al Poder Ejecutivo el dictado de las medidas pertinentes para
su ejecución.

II) Que, asimismo se considera conveniente extender dicha prórroga hasta
el 27 de junio de 2015, siendo aplicable para el caso lo dispuesto por los
artículos 16 a 34 de la Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010
sustitutivo del régimen de la Ley N° 16.127 de 7 de agosto de 1990.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
168, Numeral 4 de la Constitución de la República.

                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Extiéndase hasta el 27 de junio de 2015 el régimen especial de
redistribución previsto por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1076 del
23 de noviembre de 1999 y Resolución del Directorio de Primeras Líneas
Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA) N° 13.683 del 25 de noviembre de
1999, aplicándose las disposiciones sobre redistribución dispuestas en los
artículos 16 a 34 de la Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010 y demás.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO; FERNANDO
LORENZO.
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