Fecha de Publicación: 31/05/1979
Página: 643-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 26

               Los proyectos de plantas de depuración de líquidos
residuales industriales serán ejecutados y dirigidos en su construcción
por profesional competente. En el caso de que se trate de instalaciones de
tratamiento muy simples y de escasa importancia, el interesado podrá
solicitar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas que se admita la
intervención de un instalador sanitario debidamente autorizado.

 Dicho Ministerio resolverá el punto a su solo juicio. Se entiende por
profesional competente a los ingenieros civiles que hayan cursado
Ingeniería Sanitaria, a los ingenieros civiles con especialización en esa
materia y los ingenieros químicos o químicos industriales, cuando las
plantas de tratamiento se basen principalmente en procesos químicos.
Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1 Banco de Datos de IM.P.O.
Logo IMPO - Centro de Información Oficial

Error

Se ha producido un error interno del sistema

Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.

El mismo será resuelto a la brevedad.

Muchas Gracias.





impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.