Fecha de Publicación: 14/08/2012
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 22/08/2012.
Decreto 250/012

Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel
Externo Común.
(1.436*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
   MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                           Montevideo, 7 de Agosto de 2012

VISTO: el Decreto N° 426/011, de 28 de diciembre de 2011, que incorporó al
ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
correspondiente Arancel Externo Común.-

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común, dictó la Resolución No 35/11.-

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones
resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en
cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de
enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común, de conformidad con el Anexo que forma parte del
presente Decreto.-

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.-
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO; LUIS ALMAGRO;
ROBERTO KREIMERMAN; TABARÉ AGUERRE.

                                  ANEXO

       SITUACIÓN EN NCM 2012                MODIFICACIÓN APROBADA
NCM        DESCRIPCIÓN     AEC %     NCM       DESCRIPCIÓN        AEC %
2008.70.90 Los demá   s     14     2008.70.20  Pulpa de valor
                                               Brix superior o    14
                                               igual a 20
                                   2008.70.90  Los demás          14
2009.89.00 - -Los demás     14     2009.89     - - Los demás
                                   2009.89.10  Jugo de durazno,   14
                                               de valor Brix
                                               superior o
                                               igual a 60
                                   2009.89.90  Los demás          14
2924.29.49 Los demás         2     2924.29.47  Ácido ioxitalámico  2
                                   2924.29.49  Los demás           2
2924.29.69 Los demás         2     2924.29.64  Iobitridol          2
                                   2924.29.69  Los demás           2
3705.90.10 Fotomáscaras      0     3705.90.10  Fotomáscaras        0 BIT
           sobre vidrio                        sobre vidrio
           plano,                              plano, positivas,
           positivas,                          aptas para la
           aptas para la                       grabación en
           grabación en                        pastilla de
           pastilla de                         silicio ("chips")
           silicio                             para
           ("chips") para                      fabricación de
           fabricación de                      microestructuras
           microestructuras                    electrónicas
           electrónicas

4805.40.10 De peso superior   2    4805.40.10  De peso superior     2
           a 15 g/m² pero                      a 15 g/m² pero
           inferior o                          inferior o igual a
           igual a 25                          25 g/m² y con
           g/m² y con un                       un contenido de
           contenido de                        fibras sintéticas
           fibras                              termosoldables
           sintéticas                          superior o
           termosoldables                      igual al 20% pero
           superior o                          inferior o igual
           igual al 20%                        al 30% en peso,
           pero inferior                       del contenido
           o igual al                          total de fibras
           25%, en peso,
           del contenido
           total de fibras




4823.20.10 De peso superior    2   4823.20.10  De peso superior      2
           a 15 g/m² pero                      a 15 g/m² pero
           inferior o igual                    inferior o igual a
           a 25 g/m² y con                     25 g/m² y con un
           un contenido de                     contenido de fibras
           fibras sintéticas                   sintéticas
           termosoldables                      termosoldables
           superior o igual                    superior o
           al 20% pero                         igual al 20%
           inferior o igual                    pero inferior
           al 25%, en peso,                    o igual al
           del contenido                       30%, en peso,
           total de fibras                     del contenido
                                               total de fibras
6909.12.20 Guías de agujas
           para cabezales
           de impresión     0    6909.12.20    Guías de agujas para
                                               cabezales de
                                               impresión            0 BIT
6909.19.20 Guías de agujas
           para cabezales
           de impresión     0    6909.19.20    Guías de agujas para
                                               cabezales de
                                               impresión            0 BIT
7116.20.20 Guías de agujas,
           de rubí, para
           cabezales de
           impresión        0    7116.20.20    Guías de agujas, de
                                               rubí, para
                                               cabezales de
                                               impresión            0 BIT
8548.90.00 - Los demás     14    8548.90       Los demás
                                 8548.90.10    Termopares de los
                                               tipos utilizados
                                               en dispositivos
                                               termoeléctricos de
                                               seguridad de
                                               aparatos
                                               alimentados a gas   16
                                  8548.90.90   Los demás           14


		
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