Fecha de Publicación: 26/05/1986
Página: 429-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

   La División Gestión de Personal tendrá a su cargo asesorar en la
planificación de recursos humanos del Sector Público; administrar los
sistemas, métodos y procedimientos de reclutamiento y selección de
personal y los sistemas de calificaciones y ascensos; asesorar en materia
de redistribución de los funcionarios públicos.
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