Fecha de Publicación: 05/08/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

   Las personas interesadas en obtener una autorización para realizar tareas de investigación científica podrán solicitar al Instituto de Regulación y Control del Cannabis que se los autorice para realizar asimismo la producción correspondiente, o podrán adquirir cannabis psicoactivo y no psicoactivo de productores autorizados por el Instituto de Regulación y Control del Cannabis.
Ayuda