Fecha de Publicación: 30/08/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 23

   (Efectos de la publicidad registral).
   Se declara que la inscripción de los actos previstos en la Ley que se reglamenta, tiene los efectos previstos en el artículo 54° inciso 1° de la Ley N° 16.871, de 28 de setiembre de 1997.

                              Capítulo VIII
                           Disposiciones varias
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