Fecha de Publicación: 30/08/2019
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Carilla: 14

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 22

   (Innecesariedad de control del tracto sucesivo).
   Se agrega al artículo 2° del Decreto N° 333/998, de 17 de noviembre de 1998, el siguiente numeral:
   "5) Cuando se otorguen escrituras de venta judicial de inmuebles vacíos y degradados, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 19.676, de 26 de octubre de 2018".
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