PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 22
(Innecesariedad de control del tracto sucesivo).
Se agrega al artículo 2° del Decreto N° 333/998, de 17 de noviembre de 1998, el siguiente numeral:
"5) Cuando se otorguen escrituras de venta judicial de inmuebles vacíos y degradados, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 19.676, de 26 de octubre de 2018".