PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
(Valor de tasación de Catastro). La Dirección Nacional de Catastro fijará el valor de tasación para el remate, según lo establecido por los artículos 25° y 28° de la Ley que se reglamenta, de acuerdo al valor de mercado del inmueble y a solicitud del ejecutante.Ayuda