Fecha de Publicación: 22/07/2011
Página: 190-A
Carilla: 106

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto 242/011

Apruébanse las Bases Generales del sistema de concursos de oposición y
méritos para el acceso a funciones específicas en la Dirección General
Impositiva.
(1.233*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 8 de Julio de 2011

VISTO: los artículos 291, 297 y 298 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de
2010.-

RESULTANDO: que los mismos establecen un sistema de concurso de oposición
y mérito para el acceso a las funciones de Encargaturas de Departamento y
Sección en la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del
Inciso 05 Ministerio de Economía y Finanzas.-

CONSIDERANDO: que resulta necesario proceder a reglamentar el nuevo
sistema que se establece.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                   EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                             DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el anexo adjunto e integrante del presente Decreto que
establece las Bases Generales de los concursos de oposición y mérito para
el acceso a las funciones de Encargaturas de Departamento y Sección de la
Dirección General Impositiva.-

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y archívese.-
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO.


                             ANEXO I

                     CURRICULO VITAE RESUMIDO

Para hacer efectiva la inscripción al concurso, el funcionario deberá
completar el presente formulario y presentarlo al momento de la misma,
exhibiendo los originales de la documentación respaldante y acompañando
las copias de la mencionada documentación.

IDENTIFICACION DE LA POSTULACION

Función	Código/Referencia



IDENTIFICACIÒN DEL POSTULANTE

1er. Nombre	      2do. Nombre



Apellido Paterno	 Apellido Materno


Cédula de Identidad Domicilio



Correo Electrónico
autorizado para el
presente concurso   Teléfono Particular



Teléfono Móvil	Otro  Teléfono de Contacto



1. FORMACIÓN ACADÉMICA

Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados.
Los que no lo posean  no serán ponderados ni considerados.

En el caso de títulos emitidos en el exterior, indicar en el casillero
Instituto y/o Universidad, el país emisor y adjuntar el correspondiente
plan para que pueda ser valorado adecuadamente por el tribunal.

Cualquier información complementaria podrá incluirse en el punto 8 del
presente formulario.

Curso UTU o equivalente:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Otro Curso UTU o equivalente:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Curso terciario:+
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Otro Curso terciario:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Título de grado:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Otro Título de grado:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Postgrado:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Otro Postgrado:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Especialización:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Maestría:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Doctorado:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Otros:
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad

2. CAPACITACION

Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados.
Los que no lo posean  no serán ponderados ni considerados.
En el caso de cursos en el exterior, indicar en el casillero Instituto y/o
Universidad, el país en que fue llevado a cabo.

Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad
Nombre Curso y/o Seminario
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Cantidad horas cursadas  Instituto y/o
                                                       Universidad

3. PUBLICACIONES

Nombre    Fecha    Tipo   Publicado en:



4. IDIOMAS

Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados.
Los que no lo posean  no serán ponderados ni considerados.
En el caso de cursos en el exterior, indicar en el casillero Institución
Educativa, el país en que fue llevado a cabo.

Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa

5. HERRAMIENTAS OFIMÁTICAS

Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados.
Los que no lo posean  no serán ponderados ni considerados.
En el caso de cursos en el exterior, indicar en el casillero Institución
Educativa, el país en que fue llevado a cabo.

Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa
Nombre Curso
Desde (mm/aa)  Hasta (mm/aa)  Carga Horaria y/o
                              diploma otorgado   Institución Educativa

6. DOCENCIA

Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados.
Los que no lo posean  no serán ponderados ni considerados.
En el caso de docencia en el exterior, indicar en el casillero Institución
Educativa, el país donde la materia es dictada.


Materia dictada:
Desde (mm/aa) Hasta (mm/aa) Instituto y/o Universidad
Materia dictada:
Desde (mm/aa) Hasta (mm/aa) Instituto y/o Universidad
Materia dictada:
Desde (mm/aa) Hasta (mm/aa) Instituto y/o Universidad

7. EXPERIENCIA LABORAL

En el caso experiencia laboral en el exterior, indicar en el casillero
Institución/Empresa, el país donde la tarea fue llevada a cabo.

Cargo, función o tarea:
Institución/Empresa:
Unidad o Area    Desde      Hasta      Duración del
de Desempeño  (dd/mm/aa) (dd/mm/aa)       Cargo
                                    (cantidad de años
                                         y meses)

Funciones Principales (descripción general de las funciones realizadas y
principales logros)



Cargo, función o tarea:
Institución/Empresa:
Unidad o Area    Desde      Hasta      Duración del
de Desempeño  (dd/mm/aa) (dd/mm/aa)       Cargo
                                    (cantidad de años
                                         y meses)

Funciones Principales (descripción general de las funciones realizadas y
principales logros)



Cargo, función o tarea:
Institución/Empresa:
Unidad o Area    Desde      Hasta      Duración del
de Desempeño  (dd/mm/aa) (dd/mm/aa)       Cargo
                                    (cantidad de años
                                         y meses)


Funciones Principales (descripción general de las funciones realizadas y
principales logros)




Cargo, función o tarea:
Institución/Empresa:
Unidad o Area    Desde      Hasta      Duración del
de Desempeño  (dd/mm/aa) (dd/mm/aa)       Cargo
                                    (cantidad de años
                                         y meses)


Funciones Principales (descripción general de las funciones realizadas y
principales logros)


8. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


En el caso de que desee incluir información complementaria, que no
corresponda incluir en otra parte de este formulario, por favor utilice
este espacio:





                             ANEXO II

            FORMULARIO VOTO CONCURSANTES/EVALUADOS
              ELECCIÓN REPRESENTATE EN TRIBUNALES

Fecha:

Localidad, dd de mm de 20aa

Función:

Código:


Voto por Apellido, Nombre - Nº de Orden -, como representante de los
concursantes/evaluados por la/el División/Departamento.

                             ANEXO III

                 MODELO PRUEBA DE CONOCIMIENTOS

Se realizarán dos cuestionarios uno general y otro específico, de acuerdo
a las áreas de especialización definidas en las Bases Generales y a las
competencias técnicas específicas de cada función.

I.Cuestionario General
Se realizará un cuestionario de opción múltiple que conste de 10 a 20
preguntas sobre aspectos de procedimiento administrativo, competencias y
cometidos de la Dirección General Impositiva, reglamentación interna de
dicho Organismo y demás estatutos y normativa vigente aplicable a la
mencionada Unidad Ejecutora.

II.Específico para cada Área de Especialización
Se realizará un cuestionario de opción múltiple sobre temas específicos
del Área en concurso en un rango de 20 a 30 preguntas.

III.Puntuación
Se ponderarán los puntajes de las pruebas, de acuerdo al siguiente
detalle:

Encargaturas de Sección:

1. Cuestionario general: 30%
2. Cuestionario específico: 70%

Encargaturas de Departamento:

1. Cuestionario general: 40%
2. Cuestionario específico: 60%

IV.Publicación de la prueba
Una vez finalizada la etapa de evaluación del factor II "Prueba de
conocimientos", la prueba y su prototipo serán publicadas en la Intranet
de la DGI.

                               ANEXO IV

                  MODELO EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS

Las competencias de la función se medirán de acuerdo a las siguientes
técnicas:

1. Cuestionarios situacionales
2. Resolución de casos
3. Ejercicios específicos para competencias técnicas

Las evaluaciones serán elaboradas, aplicadas y corregidas por un técnico o
técnicos especialistas externos, contratados a éstos efectos por la
Dirección General Impositiva.
Se entregará al Tribunal de Concurso por parte del/los técnico/s
contratado/s, lista conteniendo los resultados de la misma.
Los concursantes tendrán derecho a solicitar devolución de los resultados
de las evaluaciones, por parte del/los técnico/s que la hayan aplicado.
La metodología variará en relación a la técnica aplicada pudiendo ser
situaciones concretas que evalúen una habilidad, un caso en el que se
midan distintas habilidades o ejercicios técnicos.
Respecto de los ejercicios, se aclara que se sugiere especialmente
realizarlos, en aquellos casos de concursos donde deban evaluarse
competencias técnicas en determinada materia.
La evaluación podrá contar con más de una instancia.
La duración de las mismas girará en torno a las 2 o 3 horas dependiendo de
la complejidad de la misma, incluyendo para el caso que sea necesario,
exposición oral al respecto de las situaciones, casos y/o ejercicio
planteados.

             BASES GENERALES DE CONCURSOS PARA PROVISIÓN DE 
                 ENCARGATURAS DE DEPARTAMENTO Y SECCIÒN

I.    CONSIDERACIONES GENERALES

II.   PERFILES DE LAS FUNCIONES A CONCURSAR

III.  PROCEDIMIENTO
III.1.	Inscripción
III.2.	Publicaciones y notificaciones
III.3.	Procedimiento y calendario
III.4.	Asignación de funciones
III.5.	Constancias de prueba realizada
III.6.	Empate
III.7.	Concursos desiertos
III.8.	Listas de prelación
III.9.	Subrogaciones

IV.   ETAPAS Y  FACTORES
IV.1.	Etapas del concurso
IV.2.	Criterios de valoración de factores
IV.3	     Modelos de pruebas de conocimiento y de evaluación de 
          competencias laborales

V.    TRIBUNALES DE CONCURSO
V.1.	Integración
V.2.	Cometidos
V.3.	Fallos
V.4.	Actas

I. CONSIDERACIONES GENERALES
De acuerdo a lo establecido en los artículos 291, 297 y 298  de la ley Nº
18.719 de 27.12.2010, a partir del 01/01/2011 las funciones de
Encargaturas de Departamento y Sección de la Dirección General Impositiva
se deberán proveer mediante el procedimiento de concurso de oposición y
mérito.

Las funciones a concursar se clasifican en las que requieren formación
profesional universitaria y las que no requieren formación profesional
universitaria.

Asimismo, se agruparán por áreas de especialización, de acuerdo a las
cuales se conformarán los tribunales de concurso.

Podrán postularse todos los funcionarios presupuestados a la fecha de
inicio de las inscripciones que reúnan tanto los requisitos mínimos como
los que se establecen en los perfiles de las funciones a concursar, las
que se incluirán en el Manual de Funciones de Encargaturas.

Los requisitos mínimos de acceso a las funciones a concursar son los
siguientes:
Funciones de Departamento con perfil profesional (a excepción de las áreas
de Auditoría Fiscal):
5 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Títulos académicos establecidos como requisitos para la función


Funciones de Departamento con perfil profesional áreas de Auditoría
Fiscal:
7 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Títulos académicos establecidos como requisitos para la función

Funciones de Departamento con perfil no profesional:
5 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Revestir en los Escalafones B, C, D, E, F y R sin título profesional

Funciones de Sección con perfil profesional (a excepción de las áreas de
Auditoría Fiscal):
3 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Títulos académicos establecidos como requisitos para la función

Funciones de Sección con perfil profesional áreas de Auditoría Fiscal:
5 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Títulos académicos establecidos como requisitos para la función

Funciones de Sección con perfil no profesional:
3 años de antigüedad a la fecha del cierre de la inscripción, prestando
funciones en DGI cualquiera haya sido la modalidad de contratación
anterior a la presupuestación, con excepción del período desempeñado como
de becarios y/o pasantes
Revestir en los Escalafones B, C, D, E, F y R sin título profesional


Quedan habilitados a concursar en las funciones cuyo requisito académico
sea bachillerato, todos los funcionarios no profesionales que hayan
acreditado los conocimientos y habilidades requeridas según lo establecido
en el art. 4º del Dto. 333/008 de 14.07.2008.


EXCEPCIONES PARA LA PRIMERA PROVISIÓN

Para la primera provisión quedan habilitados a concursar en la función que
desempeñen, todos aquellos funcionarios que sin poseer los requisitos
mínimos de antigüedad y/o académicos se encuentren ocupando alguna función
de encargatura. En este caso, el funcionario interesado deberá inscribirse
hasta las 72 hs. hábiles previas a la publicación del llamado, presentando
la documentación del nivel académico en que se encuentran y/o de los años
de antigüedad que poseen.

En caso de ejercicio del derecho que se concede en el inciso anterior por
parte del encargado, quedan habilitados para concursar por dicha función,
todos aquellos funcionarios que posean los requisitos académicos
equivalentes y/o de antigüedad que el encargado habilitado.

Asimismo, podrán concursar, aquellos funcionarios con título universitario
que ocupen a la fecha de cierre de la inscripción, funciones que se hayan
definido con perfil no profesional.

Para la primera provisión, el cómputo de los años de antigüedad se
efectuará a la fecha establecida para la prueba de conocimientos.


II. PERFILES DE LAS FUNCIONES A CONCURSAR

Los perfiles de las funciones a concursar se incluirán en el Manual de
Funciones de Encargaturas de la DGI, a aprobar por resolución del Director
General de Rentas previamente al llamado a concurso.
Los mismos describen la unidad y ubicación organizacional, objetivos,
tareas, requisitos académicos y/o de formación mínimos, competencias
laborales y área de especialización de la/s función/es a concursar.
Son excluyentes los requisitos necesarios de formación académica mínima
establecidos en los perfiles de las funciones a concursar.


III. PROCEDIMIENTO
III.1.	Inscripción
Para inscribirse se deberá presentar:
cédula de identidad vigente
curriculum vitae (por triplicado) (según modelo adjunto como Anexo I)
originales de constancias de estudio, escolaridad, asistencia a cursos,
diplomas, docencia, experiencia laboral interna o externa, publicaciones,
etc.
sobre cerrado incluyendo el voto para la elección del representante de los
concursantes en el Tribunal (según modelo adjunto como Anexo II).
El concursante deberá presentarse con fotocopia de la cédula de identidad
y de las constancias que se presenten, las que serán autenticadas por el
funcionario que las reciba.
Para las funciones que se desarrollan en el Interior del país se
especificará en el llamado cada localidad en la que el puesto se
desarrolla.
El hecho que el concursante designado no resida en la localidad para la
cual se concursa no implicará en ningún caso el derecho al cobro de
viáticos o de cualquier otra compensación adicional.
Para las funciones con idéntico perfil y de desempeño en puestos
múltiples, se computa la misma como una postulación.

EXCEPCIONES PARA LA PRIMERA PROVISIÓN

Cada funcionario podrá postularse - en la primera provisión -, a un máximo
de dos funciones de Departamento y dos de Sección respectivamente. En las
siguientes provisiones, no existirá un máximo de postulaciones por
funcionario.
En caso que se constate que algún postulante se inscribió a más concursos
de los que se habilita, sólo se tomarán como válidas las dos primeras que
se hayan efectuado, de acuerdo a la fecha que figure en la ficha de
inscripción.


III.2.	Publicaciones y notificaciones
Todas las publicaciones que deban realizarse (llamado, integración del
tribunal, bases del concurso, resultados, etc.) deberán efectuarse a
través de la web de DGI por el plazo de 5 días hábiles a través de lo cual
se dará por notificado a los concursantes, a excepción de la lista de
prelación final, la que será notificada a cada interesado en forma
personal simultánea con la publicación web.
El llamado a concurso deberá publicarse asimismo, en la página web de
Ministerio de Economía y Finanzas.

III.3.	Procedimiento y calendario
A partir de la puesta en vigencia del sistema de provisión de funciones
mediante concursos de oposición y mérito, se establece un procedimiento de
calendario fijo, el cual se ajustará a las siguientes fechas, etapas y
responsables:

Fecha     Etapa                                    Responsable
01/06     Publicación del listado de funciones
          a proveer, las bases de los llamados,
          los cursos habilitados por la Circular
          del año 2002, la equivalencia de horas
          entre cursos dictados para Interior y
          Montevideo y los Tribunales que se
          conformarán de acuerdo a las áreas de    Departamento Recursos
          especialización                          Humanos
02/06     Inicio de inscripciones para
          postulantes a representantes de los
          concursantes en los Tribunales           Departamento Recursos
                                                   Humanos
09/06     Cierre inscripciones para postulantes
          a representantes de los concursantes en
          los Tribunales                           Departamento Recursos
                                                   Humanos
10/06     Publicación de lista de postulantes a
          representantes de los concursantes en
          los Tribunales                           Departamento Recursos
                                                   Humanos
15/06     Inicio de las inscripciones              Departamento Recursos
                                                   Humanos
01/07     Cierre de inscripciones                  Departamento Recursos
                                                   Humanos
03/07     Publicación de nómina de concursantes
          habilitados                              Departamento Recursos
                                                   Humanos
06/07     Publicación del representante de la
          Administración en el Tribunal de
          Concurso                                 Departamento de
                                                   Recursos Humanos
06/07     Acto de escrutinio de representante de
          los concursantes                         Departamento Recursos
                                                   Humanos
15/07     Publicación de la conformación del
          Tribunal de Concurso                     Departamento Recursos
                                                   Humanos
01/08     Publicación del técnico para la
          realización de la prueba de conocimiento Tribunal de Concurso
10/08     Publicación de bibliografía y temas a
          ser evaluados en la prueba de
          conocimientos                            Tribunal de Concurso
15/08     Publicación de nómina de concursantes
          que pasan a la prueba de conocimiento    Tribunal de Concurso
01/09     Prueba de conocimiento                   Tribunal de Concurso
15/09     Publicación de nómina de concursantes
          que pasan a la prueba de competencias    Tribunal de Concurso
01/10     Prueba de competencias                   Tribunal de Concurso
15/10     Fundamentación oral de la prueba de
          competencias                             Tribunal de Concurso
01/11     Plazo máximo de devolución de los
          resultados al Tribunal por parte del
          técnico que realizó las pruebas          Tribunal de Concurso
01/12     Publicación de los resultados finales
          Entrega del tribunal a la Administración
          de la lista de prelación (salvo en caso
          de empate)                               Tribunal de Concurso
15/12     Prueba de desempate                      Tribunal de Concurso
20/12     Resultado final
          Entrega del Tribunal a la Administración
          de la nueva lista de prelación           Tribunal de Concurso
01/01     Plazo máximo para el comienzo de ejercicio
          de las nuevas encargaturas               Dirección General


En caso de caer en día inhábil, los plazos de este calendario se
entenderán referidos al día hábil inmediato siguiente.
Todos los plazos podrán prorrogarse por razones fundadas, sin que ello
afecte las giras de trabajo efectuadas en los meses de verano o las
campañas de información y asistencia del Impuesto al la Renta de las
Personas Físicas (IRPF) y/o Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social
(IASS).
Estas prórrogas se efectuarán por Resolución del Director General de
Rentas.

EXCEPCIONES PARA LA PRIMERA PROVISIÓN

El cronograma para la primera provisión será establecido por Resolución
del Director General de Rentas, sin que ello afecte las giras de trabajo
efectuadas en los meses de verano o las campañas de información y
asistencia del Impuesto al la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y/o
Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
El calendario podrá diferenciar los concursos de encargaturas de
departamento de los concursos de encargaturas de sección.
Todos los plazos podrán prorrogarse por razones fundadas.

III.4.	Asignación de funciones
La asignación de funciones a los concursantes seleccionados, se efectuará
a través de Resolución del Director General de Rentas.
En caso de que el concursante que obtenga el puesto se encuentre sometido
a proceso disciplinario a la fecha de asignación de la función, no podrá
acceder a la misma hasta la finalización del citado proceso o de las
medidas disciplinarias que correspondieren.

El Director General de Rentas dispondrá las medidas necesarias para la
prosecución de estos procesos en cuanto no se opongan a lo previsto en el
presente Decreto.

III.5.	Constancias de prueba realizada
Se entregará a cada concursante en oportunidad de participar de las
instancias de prueba (conocimientos, competencias, fundamentación oral),
un certificado de realización de la misma, especificando el número de
páginas que entrega y el detalle de las preguntas no contestadas.

III.6.	Empate
En caso de empate, al final del concurso, en cualquier puesto de la lista
de prelación, se ordenará el puntaje considerando las posibles situaciones
a resolver por desempate:
A igual puntaje en el total de la prueba, primará el concursante que haya
obtenido más puntos en la suma del factor tres (Prueba de Conocimientos) y
factor cuatro (Prueba de Competencias Laborales).
En caso de subsistir el empate, para las funciones de encargados de
Departamento, primará el concursante que haya obtenido mayor puntaje en el
factor cuatro (Prueba de Competencias Laborales) y para las funciones de
encargados de Sección en el factor tres (Prueba de Conocimientos).
Si subsiste el empate, primará el concursante que haya obtenido mayor
puntaje en la prueba escrita de competencias sin considerar los puntos
obtenidos en la fundamentación oral de la misma.
Finalmente, si subsiste el empate, se elaborará una prueba extra sobre
normativa interna de DGI y normas de procedimiento administrativo, la que
será aplicada en un plazo de 15 días luego de conocido el empate, previa
notificación y publicación de los resultados finales que generaron el
empate.

III.7.	Subrogación, interinato, validez de la lista de prelación
El tribunal deberá entregar la lista de prelación de los concursantes que
hayan completado la totalidad de las pruebas, obteniendo el mínimo
establecido en cada una, la cual tendrán una validez de dos años.

Esta lista deberá aplicarse en los siguientes casos:
Licencias por cualquier concepto del encargado titular superiores a 3
meses
Fallecimiento
Jubilación
Cese
Renuncia
Evaluación negativa
Cualquier motivo por el que quede sin titular la encargatura

En caso de que la encargatura quede sin titular definitivamente vencida la
validez de la lista de prelación, se designará interinamente al
concursante que hubiera ocupado el lugar inmediato siguiente en dicha
lista y a los solos efectos de desempeñar la encargatura mientras el
concurso se desarrolla.

III.8.	Concursos desiertos
Se consideran concursos desiertos aquellos en que no hay concursante o de
haberlos, no alcanzan los mínimos requeridos en el concurso.
En este caso, se designará al jerarca superior inmediato y se convocará
inmediatamente a nuevo concurso ampliando las posibilidades de
presentación a todos los funcionarios de la Unidad Ejecutora que cumplan
con los requisitos académicos requeridos en primera instancia.
Para el caso en que se volviese a declarar desierto, se ampliarán las
posibilidades de presentación a todos los funcionarios del Inciso que
cumplan con los requisitos académicos y de antigüedad establecidos,
refiriéndose en este caso, a los años que efectivamente posea el
postulante de desempeño en el Inciso.

IV. ETAPAS Y FACTORES
IV.1. Etapas
La evaluación se llevará a cabo en etapas sucesivas, por lo que la
puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas posteriores.
En primer lugar se realizará la verificación del cumplimiento de los
requisitos establecidos como excluyentes y cuyo incumplimiento determinará
la exclusión del postulante.
Los factores serán evaluados en forma sucesiva, indicándose en cada etapa,
cuál es el puntaje mínimo de aprobación que determinará el paso a la
siguiente etapa.
Todos los factores que se incluyen deben tener relación con la materia y
el área de especialización de la DGI, a excepción de aquellos en los que
se establece expresamente algún criterio diferente.
Las etapas de evaluación de los concursantes, para las funciones que
poseen requisito profesional como para las que no lo poseen,  serán las
siguientes:

Etapa I:	Factor 1. "Formación y capacitación"

Factor 2. "Antecedentes funcionales"
Antigüedad en DGI
Evaluaciones de desempeño
Experiencia en el área

Etapa II:	Factor 3. "Prueba de conocimientos"

Etapa III: Factor 4. "Evaluación de competencias laborales"

IV.2.  Criterios de valoración de factores
Los factores se especifican de acuerdo a la clasificación de las
funciones.

    Funciones con requisitos de formación profesional universitaria

Etapa Factor         Componente                 Puntaje Puntaje mínimo
                                                 máximo   del factor
	 	 	 
I     Formación
      y Capacitación Título de grado               4	 
      Otro título de grado relacionado con la
      función                                     0,5	 
      Postgrado                                   2,5
      Doctorado y Master                          3,5	 
      Cursos menores a 50 hs. (con o sin
      evaluación)                                  2	 
      Cursos mayores a 50 hs. (con o sin
      evaluación)                                  3	 
      Idiomas                                      1 
      Herramientas ofimáticas                      1	 
      Publicaciones e investigaciones no
      curriculares                                 1	 
      Docencia                                    1,5	 
 	 
      Total Factor 1                              20	 
      Antecedentes funcionales Antigüedad en DGI   5
      Evaluaciones                                10	 
      Experiencia en el area                      10	 
      Total Factor 2                              25	 
      Total Etapa I (Factor 1 y Factor 2)         45           18
II    Prueba de Conocimientos                     15          10,5
III   Evaluación  de Competencias Laborales       40            28


Factor 1:	Formación y capacitación

Este factor mide la formación académica y general del concursante.

a.Título de grado: El puntaje establecido es el máximo del factor. Se
aplicará a aquellos concursantes que tengan un título de grado relacionado
con la función.
Para las funciones en las que los requisitos de acceso sean tanto títulos
de grado como títulos técnicos y/o equivalentes, se otorgarán 2 puntos a
este último.

b.Otro/s título/s de grado: El puntaje establecido es el máximo del factor.
Se aplicará a aquellos concursantes que tengan otro/s título/s de grado
relacionado/s con la función.

c.Postgrado o diplomas relacionados con la función: se acredita con el
diploma. Para los casos en que el concursante no haya finalizado, se
acreditará la escolaridad y se asignarán los siguientes puntajes:
Postgrado iniciado con al menos el 25% de las materias obligatorias
aprobadas: 0,5 punto
Postgrado con el 50 % de las materias obligatorias aprobadas: 1 punto
Postgrado con el 75 % de las materias obligatorias aprobadas: 1,5 puntos
Postgrado terminado: 2 puntos
Más de un postgrado: 2,5 puntos
Los títulos de Postgrado deberán ser otorgados por la UdelaR y/o
instituciones universitarias autorizadas a funcionar como tales por el
Poder Ejecutivo o aquellos que hayan sido registrados ante el MEC o en su
caso, revalidados por éste, de acuerdo a lo establecido en el Dto.308/995
de 11.08.995. Se aceptarán además los títulos de esta naturaleza
promovidos por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias
(CIAT).

d.Maestría o Doctorado relacionados con la función: se acredita con el
título. Para los casos en que el concursante no hay finalizado, se
acreditará la escolaridad y se asignarán los siguientes puntajes:
Maestría o doctorado iniciado con al menos el 10% de las materias
obligatorias aprobadas: 0,5 puntos
Maestría o doctorado con aprobación del 25% de las materias obligatorias:
1 punto
Maestría o doctorado con aprobación del 50% de las materias obligatorias:
2 puntos
Maestría o doctorado con aprobación del 75% de las materias obligatorias:
2,5 puntos
Maestría o doctorado con tesis pendiente y 100% de materias obligatorias
aprobadas: 3 puntos
Título de Doctor o Master: 3,5 puntos
Los títulos de Postgrado deberán ser otorgados por la UdelaR y/o
instituciones universitarias autorizadas a funcionar como tales por el
Poder Ejecutivo o aquellos que hayan sido registrados ante el MEC o en su
caso, revalidados por éste, de acuerdo a lo establecido en el Dto.308/995
de 11.08.995. Se aceptarán además los títulos de esta naturaleza
promovidos por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias
(CIAT).

e.Cursos: se discrimina entre cursos con carga horaria mayor o menor a 50
horas.
Se incluyen tanto los cursos en el país como en el exterior que puedan
ser, a juicio del Tribunal interviniente, tomados en cuenta.
Los cursos incluyen seminarios, charlas, congresos, talleres, simposios,
jornadas, etc.
No se computarán los cursos de inducción dictados por la Administración.
Para los cursos en el exterior a los que se haya podido acceder a través
de selección efectuada por la DGI, sólo se computarán aquellos que lo
hayan sido en igualdad de condiciones, habiendo aplicado la Circular del
año 2002 sobre esta materia.  A estos efectos se publicará con
anterioridad al llamado, el listado de cursos que cumplen con esta
condición.
Se equipararán las horas entre los cursos dictados por la DGI a los
funcionarios del Interior y los de Montevideo, a efectos de que la
ubicación geográfica de la oficina de DGI donde el funcionario realiza su
tarea, no afecte el puntaje.
El plazo máximo de validez de los cursos a ser tomados en cuenta es de 10
años.
Se ponderarán además los cursos de formación anteriores a 10 años y con
una duración mínima de 200 horas.
Los funcionarios que dicten cursos en DGI en calidad de docentes, los
computarán como curso aprobado en calidad de participante con el máximo de
la calificación a otorgar, de acuerdo a la carga horaria que posea el
curso dictado.
La educación tributaria brindada por los funcionarios en las escuelas,
será considerada mérito en función de la carga horaria que haya insumido
su dictado.

f.Idiomas: se priorizarán los conocimientos en inglés y portugués, a través de los certificados correspondientes. Se valorarán asimismo otros idiomas, de acuerdo a la naturaleza de la función.

g.Herramientas ofimáticas: se tomarán en cuenta los conocimientos del
concursante en software de aplicación: procesadores de texto, planillas
electrónicas, presentaciones en diapositivas, navegadores web, etc. Los
mismos se acreditarán con los certificados correspondientes o mediante
prueba a implementar por la DGI, que deberá efectuarse anualmente y en
forma previa al inicio de las inscripciones.

h.Publicaciones e investigaciones no curriculares: se tomarán en cuenta las publicaciones e investigaciones, relacionadas con la función, no incluidas en la currícula de maestrías, doctorados u otros títulos.

i.Docencia: este componente se incluye a efectos de ponderar la capacidad
del concursante en cuanto a la capacidad de transmisión de conocimientos y
manejo de grupos.
En todos los casos, la docencia a tener en cuenta es toda aquella que sea
enfocada a adultos y que haya sido ejercida durante 2 años de manera
continua.

Factor 2:  Antecedentes funcionales

Este factor mide los años de experiencia laboral en el Organismo
(independientemente de la modalidad de vinculación), la evaluación de
desempeño y la experiencia interna o externa del concursante en las áreas
de especialización establecidas.

a.Antigüedad: sólo serán considerados los años de experiencia laboral en
DGI, independientemente de la modalidad de vinculación anterior a la
presupuestación ¿con excepción de la que el concursante hubiese tenido
como becario y/o pasante-, atendiendo a que es un organismo altamente
especializado.
Para el caso, quedan contempladas todas las situaciones en la que los
funcionarios se encuentren en comisión, comisión de servicio, reserva de
cargo, etc.
El mínimo de antigüedad requerido para la postulación es el establecido en
el punto  I "Consideraciones Generales".

Ponderación de la antigüedad para Encargados Sección (a excepción de las
áreas de Auditoría Fiscal):

Años en DGI    Puntaje
25 años o más  5 puntos
20 años        4.5 puntos
15 años        4 puntos
12 años        3.5 puntos
9 años         3 puntos
8 años         2.5 puntos
7 años         2 puntos
6 años         1.5 puntos
5 años         1 punto
4 años         0.5 punto
3 años         0 punto


Ponderación de la antigüedad para Encargados Sección Auditoría Fiscal y
Departamentos (a excepción del área de  Auditoría Fiscal):

Años en DGI    Puntaje
25 años o más  5 puntos
20 años        4.5 puntos
17 años        4 puntos
15 años        3.5 puntos
13 años        3 puntos
11 años        2.5 puntos
9 años         2 puntos
8 años         1.5 puntos
7 años         1 punto
6 años         0.5 punto
5 años         0 punto


Ponderación de la antigüedad para Encargados Departamento del área
Auditoria Fiscal:

Años en DGI    Puntaje
25 años o más  5 puntos
22 años        4.5 puntos
20 años        4 puntos
17 años        3.5 puntos
15 años        3 puntos
12 años        2.5 puntos
11 años        2 puntos
10 años        1.5 puntos
9 años         1 punto
8 años         0.5 punto
7 años         0 punto


b.Evaluaciones: se ponderarán las tres últimas evaluaciones de desempeño
efectuadas al momento del cierre de la inscripción. Para el caso de que no
existan evaluaciones por causas ajenas al concursante, se tomarán en
cuenta y ponderarán las que existan.
En los casos en que hubiese recaído sanción disciplinaria sobre alguno de
los postulantes en el período transcurrido entre la última evaluación
considerada y el cierre de las inscripciones, el Tribunal quedará
facultado a detraer puntos en este factor, de acuerdo a la sanción
aplicada.
Se asignará el puntaje máximo cuando el promedio obtenido en las
evaluaciones sea de 20 puntos. Las puntuaciones restantes de la escala se
transformarán proporcionalmente en función del valor máximo de 20
establecido precedentemente.

c.Experiencia en el área: se ponderará en este componente, la experiencia de los concursantes por el tiempo efectivamente trabajado en DGI o fuera de ella -salvo para la Auditoria Fiscal que se tomara exclusivamente la
experiencia adquirida internamente-, en las siguientes áreas de
especialización:

Informática
Planificación y Organización
Gestión Tributaria
Auditoría Fiscal
Asesoría Tributaria
Procedimiento Administrativo Tributario
Procedimiento Administrativo Contable
Gestión Humana
Contabilidad Pública
Intendencia
Jurídico Contencioso
Gestión Tributaria y Control Operativo


Del total de puntos asignados al componente, podrán asignarse hasta 3 como
experiencia externa.
El Departamento de Recursos Humanos documentará el período que el
concursante haya desempeñado en cada área, de acuerdo a la/s División/es,
Departamento/s y/o Sección/es en las que se haya ubicado, a fin de que el
Tribunal pueda computar la misma. Para el caso que la Administración no
pueda efectuar dicha certificación, el concursante podrá presentar
declaración jurada en la que consten dichos períodos.
Se computarán los años en meses, pudiendo serlo en períodos no sucesivos.
A efectos de ponderar la experiencia externa, los concursantes deberán
presentar documentación respaldante por el período de tiempo en que se
hayan desempeñado en alguna de las áreas consideradas, a fin de que el
Tribunal pueda computar la misma.
Las escalas para efectuar dicho cómputo serán las siguientes:

Ponderación de experiencia interna en el área:

Años en el área     Puntaje
25 años o más       10 puntos
20 años             9 puntos
15 años             8 puntos
10 años             7 puntos
7 años              6 puntos
5 años              5 puntos
4 años              4  puntos
3 años              3 puntos
2 años              2 punto
1 años              1 punto


Ponderación de experiencia externa en el área:

Años en el área     Puntaje
5 años o más        3 puntos
4 años              2.5 puntos
3 años              2 puntos
2 años              1 punto
1 año               0,5 puntos


Factor 3:	Prueba de conocimientos

Este factor mide los conocimientos generales y específicos del concursante
en relación a la función que se concursa.
La misma se aplicará por parte de un técnico externo, cuya designación
será efectuada por el Tribunal de Concurso, en los plazos establecidos en
el calendario.
El técnico contratado a tales efectos, deberá dar a conocer los temas y
bibliografía sobre los que se tomará la prueba, dentro del plazo
establecido en el calendario.
La prueba se aplicará de acuerdo al modelo especificado en el Anexo III
del punto IV.3.

Factor 4:	Evaluación de competencias laborales

Este factor mide el desarrollo del concursante para cada una de las
competencias definidas para la función que se concursa.
La misma se aplicará por parte de un técnico o equipo de técnicos
externos, cuya designación será efectuada por la Administración.
La evaluación se aplicará de acuerdo al modelo especificado en el Anexo IV
del punto IV.3.

Funciones con perfil no profesional

Etapa Factor         Componente                 Puntaje Puntaje mínimo
                                                 máximo   del factor

I     Formación y
      capacitación   Cursos menores a 50 hs.
                     (con o sin evaluación)       2,5	 
                     Cursos mayores a 50 hs.
                     (con o sin evaluación)       3,5	 
                     Idiomas                       1
                     Herramientas ofimáticas       2 
                     Docencia y publicaciones      1	 
                     Cursos terciarios relacionados
                     directamente con la función o
                     formación equivalente a los
                     requisitos académicos mínimos
                     establecidos para el
                     escalafón B                   5	 
                     Cursos terciarios no
                     relacionados con la función   3	 
                     Cursos UTU o equivalente
                     relacionado con la función    2	 
                     Total Factor 1               20	 
      Antecedentes
      funcionales    Antigüedad en DGI            10
                     Evaluaciones                  7
                     Experiencia en el área        8	 
                     Total Factor 2               25	 
                     Total Etapa I (Factor 1 y
                     Factor 2)                    45          18
II                   Prueba de Conocimientos      15         10,5
III                  Evaluación  de Competencias
                     Laborales                    40          28



Factor 1: Formación académica

Este factor mide la formación académica y general del concursante.

a.Cursos: se discrimina entre cursos con carga horaria mayor o menor a 50
horas.
Se incluyen tanto los cursos en el país como en el exterior que puedan
ser, a juicio del Tribunal interviniente, tomados en cuenta.
Los cursos incluyen seminarios, charlas, congresos, talleres, simposios,
jornadas, etc.
No se computarán los cursos de inducción dictados por la Administración.
Para los cursos a los que se haya podido acceder a través de selección
efectuada por la DGI, sólo se computarán aquellos que lo hayan sido en
igualdad de condiciones, habiendo aplicado la Circular del año 2002 sobre
esta materia.  A estos efectos se publicará con anterioridad al llamado,
el listado de cursos que cumplen con esta condición.
Se equipararán las horas entre los cursos dictados por la DGI a los
funcionarios del Interior y los de Montevideo, a efectos de que la
ubicación geográfica de la oficina de DGI donde el funcionario realiza su
tarea, no afecte el puntaje.
El plazo máximo de validez de los cursos a ser tomados en cuenta es de 10
años.
Se ponderarán además los cursos de formación anteriores a 10 años y con
una duración mínima de 200 horas.
Los funcionarios que dicten cursos en DGI en calidad de docentes, los
computarán como curso aprobado en calidad de participante con el máximo de
la calificación a otorgar, de acuerdo a la carga horaria que posea el
curso dictado.
La educación tributaria brindada por los funcionarios en las escuelas,
será considerada mérito en función de la carga horaria que haya insumido
su dictado.

b.Idiomas: se priorizarán los conocimientos en inglés y portugués, a través de los certificados correspondientes. Se valorarán asimismo otros idiomas, de acuerdo a la naturaleza de la función.

c.Herramientas ofimáticas: se tomarán en cuenta los conocimientos del
concursante en software de aplicación: procesadores de texto, planillas
electrónicas, presentaciones en diapositivas, navegadores web, etc. Los
mismos se acreditarán con los certificados correspondientes o mediante
prueba a implementar por la DGI, que deberá aplicarse anualmente y en
forma previa al inicio de las inscripciones.

d.Docencia y publicaciones: este componente pondera al concursante en cuanto a su capacidad de transmisión de conocimientos y manejo de grupos, como las publicaciones e investigaciones no incluidas en la currícula de
títulos técnicos.
En todos los casos, la docencia a tener en cuenta es toda aquella que sea
enfocada a adultos y que haya sido ejercida durante 2 años de manera
continua.

e.Cursos terciarios relacionados directamente con la función: se tomarán en cuenta todos aquellos cursos de nivel terciario dictados por
Universidades, Institutos y/o Escuelas, convalidados por el MEC o la
formación equivalente a los requisitos académicos establecidos para el
escalafón B.
Para los casos en que el concursante no haya obtenido el diploma y/o posea
menos de los tres años requeridos, se acreditará la escolaridad y se
asignarán los siguientes puntajes:
Con aprobación del 10% de las materias: 1 punto
Con aprobación del 25% de las materias: 2 puntos
Con aprobación del 50% de las materias: 3 puntos
Con aprobación del 75% de las materias: 4 puntos

f.Cursos terciarios no relacionados con la función: se tomarán en cuenta
todos aquellos cursos de nivel terciario dictados por Universidades,
Institutos y/o Escuelas, convalidados por el MEC.

g.Cursos UTU o equivalentes relacionados directamente con la función: se
tomarán en cuenta todos aquellos cursos de nivel no terciario dictados por
la Universidad del Trabajo del Uruguay y/o equivalentes reconocidos  por
el MEC.

Factor 2:	Antecedentes funcionales

Este factor mide la antigüedad en el Organismo, la evaluación de desempeño
y la experiencia del concursante en las áreas de especialización
establecidas, tanto interna como externa.

a.Antigüedad: sólo serán considerados los años de experiencia laboral en
DGI, independientemente de la modalidad de vinculación anterior a la
presupuestación - con excepción de la que el concursante hubiese tenido
como becario y/o pasante- , atendiendo a que es un organismo altamente
especializado.
Para el caso, quedan contempladas todas las situaciones en la que los
funcionarios se encuentren en comisión, comisión de servicio, reserva de
cargo, etc.
El mínimo de antigüedad requerido para la postulación será el establecido
en el punto  I "Consideraciones Generales".

Ponderación de la antigüedad para Encargados Sección (a excepción de las
áreas de Auditoría Fiscal):

Años en DGI    Puntaje
25 años o más  10 puntos
20 años        9 puntos
15 años        8 puntos
10 años        7 puntos
9 años         6 puntos
8 años         5 puntos
7 años         4 puntos
6 años         3 puntos
5 años         2 punto
4 años         1 punto
3 años         0 punto


Ponderación de la antigüedad para Encargados Departamentos (a excepción
del área de  Auditoría Fiscal):

Años en DGI    Puntaje
25 años o más  10 puntos
22 años        9 puntos
20 años        8 puntos
15 años        7 puntos
10 años        5 puntos
9 años         4 puntos
8 años         3 puntos
7 años         2 puntos
6 años         1 punto
5 años         0 punto


b.Evaluaciones: se ponderarán las tres últimas evaluaciones de desempeño
efectuadas al momento del cierre de la inscripción. Para el caso de que no
existan evaluaciones por causas ajenas al concursante, se tomarán en
cuenta y ponderarán las que existan.
En los casos en que hubiese recaído sanción disciplinaria sobre alguno de
los postulantes en el período transcurrido entre la última evaluación
considerada y el cierre de las inscripciones, el Tribunal quedará
facultado a detraer puntos en este factor, de acuerdo a la sanción
aplicada.
Se asignará el puntaje máximo cuando el promedio obtenido en las
evaluaciones sea de 20 puntos. Las puntuaciones restantes de la escala se
transformarán proporcionalmente en función del valor máximo de 20
establecido precedentemente.

c.Experiencia en el área: se ponderará en este componente, la experiencia de los concursantes por el tiempo efectivamente trabajado en DGI o fuera de ella, en las siguientes áreas de especialización:

Informática
Planificación y Organización
Gestión Tributaria
Auditoria Fiscal
Asesoría Tributaria
Procedimiento Administrativo Tributario
Procedimiento Administrativo Contable
Gestión Humana
Contabilidad Pública
Intendencia
Jurídico Contencioso
Gestión Tributaria y Control Operativo



Del total de puntos asignados al componente, podrán asignarse hasta 3 como
experiencia externa.
El Departamento de Recursos Humanos documentará el período que el
concursante haya desempeñado en cada área, de acuerdo a la/s División/es,
Departamento/s y/o Sección/es en las que se haya ubicado, a fin de que el
Tribunal pueda computar la misma. Para el caso que la Administración no
pueda efectuar dicha certificación, el concursante podrá presentar
declaración jurada en la que consten dichos períodos.
Se computarán los años en meses, pudiendo serlo en períodos no sucesivos.
A efectos de ponderar la experiencia externa, los concursantes deberán
presentar documentación respaldante por el período de tiempo en que se
hayan desempeñado en alguna de las áreas consideradas, a fin de que el
Tribunal pueda computar la misma.
Las escalas para efectuar dicho cómputo serán las siguientes:

Ponderación de experiencia interna en el área:

Años en el área    Puntaje
25 años o más      8 puntos
20 años            7.5 puntos
15 años            7 puntos
10 años            6 puntos
5 años             5 puntos
4 años             4 puntos
3 años             3 puntos
2 años             2 punto
1 años             1 punto


Ponderación de experiencia externa en el área:

Años en el área    Puntaje
5 años o más       3 puntos
4 años             2.5 puntos
3 años             2 puntos
2 años             1 punto
1 año              0,5 puntos


Factor 3:	Prueba de conocimientos

Este factor mide los conocimientos generales y específicos del concursante
en relación a la función que se concursa.
La misma se aplicará por parte de un técnico externo, cuya designación
será efectuada por el Tribunal de Concurso, en los plazos establecidos en
el calendario.
El técnico contratado a tales efectos, deberá dar a conocer los temas y
bibliografía sobre los que se tomará la prueba, dentro del plazo
establecido en el calendario.
La prueba se aplicará de acuerdo al modelo especificado en el Anexo III
del punto IV.3.

Factor 4:	Evaluación de competencias laborales

Este factor mide el desarrollo del concursante para cada una de las
competencias definidas para la función que se concursa.
La misma se aplicará por parte de un técnico o equipo de técnicos
externos, cuya designación será efectuada por la Administración.
La evaluación se aplicará de acuerdo al modelo especificado en el Anexo IV
del punto IV.3.

IV.3.	Modelos de pruebas de conocimiento y de evaluación de
competencias
Los modelos de pruebas a ser aplicadas en los Factores III y IV, se
adjuntan como Anexos III (Prueba de Conocimientos) y IV (Evaluación de
Competencias).
Los técnicos contratados a efectos de su aplicación deberán elaborar las
mismas en base a los citados modelos.

V. TRIBUNALES DE CONCURSO
V.1.	Integración
Se integrará un Tribunal de Concurso por cada función con perfil
equivalente, integrado por:
a.Un representante de la Dirección General
b.Un representante de los concursantes, elegido por voto secreto
c.Un representante electo de común acuerdo entre ambos, quien presidirá el
Tribunal.

Cada miembro tendrá suplentes elegidos en igual forma que el titular.

Los representantes de los concursantes serán elegidos mediante voto
secreto entre quienes se hayan postulado para ello, de acuerdo al
cronograma previsto. Corresponderá la titularidad al postulante más votado
y la suplencia a aquel que ocupe el segundo lugar en la votación. Los
concursantes entregarán al momento de la inscripción un sobre cerrado
conteniendo en el exterior su nombre, nº de orden y función por la que
concursa y dentro del mismo, otro sobre sin identificación visible
externa, en el cual se incluirá el Formulario para Voto (Anexo I).
Podrán postularse para integrar los Tribunales en representación de los
concursantes, todos aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos
académicos de las funciones que aspiran a representar.
El acto de escrutinio de carácter público, se efectuará en la fecha
establecida en el cronograma.
Hasta el momento de apertura de los sobres, la unanimidad de los
concursantes podrá presentar una lista de consenso con sus representantes
destruyéndose los votos ya emitidos sin abrirlos.
En caso de que no existan postulantes para representar a los concursantes
y/o quedase desierta la lista por algún motivo, la Administración
designará a dicho integrante.
Se consideran inhabilitantes para integrar los Tribunales las siguientes
causas:
a.Ser postulante al concurso
b.Ser cónyuge, concubino y/o tener relación familiar hasta el tercer grado
de consanguinidad o segundo por afinidad, de cualquier otro designado y
con los concursantes inscriptos.
Los integrantes de los Tribunales de Concurso, firmarán una declaración
jurada estableciendo que no poseen causas inhabiltantes.
Por razones fundadas y dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores
a la publicación de la conformación del Tribunal, de acuerdo al cronograma
establecido (art. 3º del Dto.500/991 en la redacción dada por el art.1º
del Dto.420/2007), cualquiera de los concursantes deberá recusar a uno o
más miembros del Tribunal designado.

EXCEPCIONES PARA LA PRIMERA PROVISIÓN

Para la primera provisión quedan inhabilitados a integrar Tribunales en
cualquier calidad, los Directores de División y los Encargados de
Departamento.

V.2.	Cometidos
Serán cometidos del Tribunal de Concurso:
a.Evaluar los factores I (Formación y Capacitación) y II (Antecedentes
funcionales) del concurso
b.Informar los criterios de valoración de las etapas aplicadas
c.Determinar el técnico externo que elabore la prueba de conocimientos y sus bases de corrección (de acuerdo al Anexo III del punto IV.3)
d.Aplicar y corregir la prueba de conocimientos
e.Presenciar las etapas de la prueba de competencias
f.Dilucidar con objetividad con base en los principios de equidad e igualdad de oportunidades y en el marco de la normativa vigente, toda situación que no estuviese prevista en las presentes Bases Generales, debiendo expedirse en un plazo máximo de 2 días hábiles de planteada
g.Detraer puntos en el componente "Evaluaciones de Desempeño" del factor
"Antecedentes funcionales" para los casos en que existan sanciones
disciplinarias que no hayan sido reflejadas en las evaluaciones
consideradas
h.Elaborar la lista de prelación en orden decreciente de puntajes de los
concursantes que hayan alcanzado o superado el mínimo estableciendo e
información de los concursantes que no lo lograron.
i.Llevar actas de cada una de las sesiones.

V.3. Fallos
El Tribunal podrá actuar con dos de sus miembros -siempre que se encuentre
presente el Presidente-, y resolver por mayoría de no lograrse el
consenso. En caso de empate resolverá el Presidente.

V.4	Actas
El Tribunal de Concursos desde su constitución y hasta el cierre del
concurso, deberá levantar actas en cada una de sus sesiones, en las que
dejará constancia de lo actuado. Las actas deberán contener la información
necesaria para que cada concursante pueda verificar el cabal cumplimiento
de las bases y pertinencia, en cuanto a su relación con los requerimientos
para la función, de las antecedentes tomados en consideración.


		
		Ayuda